| Autor |
Mensaje |
picolo55
Guardia Civil

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 6
|
 algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DISCO
Hola compis, yo soy un motorista y de los malos. sólo darme una ayudita...Mogollón de ocasiones veo por la demarcación a vehículos de menos de 3.500 transportando gas oil, gasolina y otros...Hasta qué cantidad estan exentos del ADR? Que les tengo que pedir? Gracias compis!!!!
|
|
|
|
 |
Sponsor

|
|
 |
Dikxon
Alferez

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 762
Ubicacin: ESPAA
|
 Re: algún motorista por ahí?
|
|
|
|
 |
administrador1
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 293
|
 Re: algún motorista por ahí?
Y para tenerlo a mano, pongo este enlace del ministerio de fomento con unas normas o manual sopbre los tiempos de conduccion
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAS...ETERA/IGT/desc/
.
|
|
|
|
 |
Invitado
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
En el Adr, hay unas tablas de exenciones parciales y totales. Y también las cantidades máximas para las exenciones...
Si me pongo, luego las miro y consulto sobre el 1202 y el 1203.
El ADR es un coñazo...
____________ 0
|
|
|
|
 |
cdaj
Guardia Civil

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 6
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
Si lo que preguntas es sobre los vehículos que llevan una pequeña cisterna o deposito, debes pedirles siempre la carta de porte, aunque circulen bajo exención deben llevar este documento, en él te indica lo que lleva y la cantidad, sino lleva carta de porte se le aplica el ADR en su conjunto, es decir, debe llevar placas naranjas y etiquetas rojas en los laterales y atrás, en fin toda la documentación como si fuese un transporte con muchos litros de gasoleo o gasolina. Además a partir del 2007 la autorizacion para conducir este tipo de vehicuos, pequeñas cisternas de reparto, etc. será obligatorio para todos los conductores.
|
|
|
|
 |
Motocop
Cabo Mayor

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 87
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
Lo primero que tienes que tener claro es si el transporte viaja amparado en una exención total (Capítulo 1.1.3.1) o en una exención parcial (1.1.3.6) A partir de ahí, dependiendo de la carga transportada, de la cantidad, se le aplicaría el ADR en su totalidad o sólo parcialmente.
Como referencia decirte que para circular amparado en exención parcial nunca debe de rebasar los siguientes litros/kilos:
1203 - GASOLINA : 333 l.
1202 - GASOLEO DE AUTOMOCIÓN : 1.000 l.
Si quieres, expón el caso concreto y te contesto lo que debes de pedir....
|
|
|
|
 |
picolo55
Guardia Civil

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 6
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
MOTOCOP, recibiste mi privado????
|
|
|
|
 |
Motocop
Cabo Mayor

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 87
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
Negativo; No he recibido nada...
|
|
|
|
 |
picolo55
Guardia Civil

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 6
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
Gracias compi, te voy a consultar un par de cosas, espero que me puedas ayudar. Para transportar 1000 litros de gasoil, para repostar maquinaria de obras, bueno eso me imagijno que da igual el destino..
-Para uso particular nada de nada?
-Qué exenciones tienen, a parte de no llevar las instrucciones para el conductor en caso de accidente?
-Número de extintores y ubicación?
-La carta de porte debe hacer referencia a que esta acogido a la excepción?
-Documentación del conductor?
MUCHAS GRACIAS MOTOCOP, CUIDATE!!!Cuidado en la carretera!!!
|
|
|
|
 |
Motocop
Cabo Mayor

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 87
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
Saludos...
Pues no da igual; No da lo mismo que ese gasoleo -hasta 1.000 litros- sea utilizado para el repostaje de maquinaria autopropulsada (por ejemplo palas excavadoras) que para un motor fijo de una máquina (por ej. el motor de un molino).-La primera estaría acogida a la exención parcial y la segunda a una exención total.
El caso concreto que comentas :
Circularía amaparado en una exención parcial recogida en el capítulo 1.1.3.6 del vigente ADR. Debería cumplir la unidad de transporte:
.-Carta de porte (5.4.1.1) con la mención obligatoria "Transporte que no excede de los límites prescritos en 1.1.3.6)
.-Un equipo homologado de extinción de incendios de al menos 2 Kgr. Además debe encontrarse correctamente precintado, con la revisión en vigor (cada año) y manómetro marcando presión.
.-El envase o embalaje homologado : Normalmente vas a encontrar dos clases : Un cuñete o jerricán (CAPACIDAD HASTA 400 LITROS) y un GRG (gran recipiente para granel; CAPACIDAD MÍNIMA 300, MÁX 4.000 l.). Este debe contener su contraseña de homologación perfectamente visible.
Si se tratase de un cuñete/jerrican : 3H1/X/1250/93/E/DP/J075
Si se tratase de un GRG : 31A/Z/0289/NL
.-Etiquetas de peligro de la clase 3 : Si GRG>450l obligatorio dos en lados opuestos. -Si cuñete/jerricán sólo una.
.-Y por último comprobar que no exista pérdidas de contenido.
Esto es a groso modo lo que deben cumplir estos transportes; Espero no haberte liado más...
|
|
|
|
 |
picolo55
Guardia Civil

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 6
|
 Re: algún motorista por ahí? TRANSPORTE COMBUSTIBLE ADR DI
Muchísimas Gracias MOTOCOP!!!!!! Eres un monstruo!!!!!!!Saludos y mucho cuidado en la carretera!!!!
|
|
|
|
 |
|
|