 Re: permisos
Según el Reglamento de Provisión de destinos, en el artÃculo 45, punto 5 (regula los destinos para el personal en reserva) dice literalmente
"A los destinos del personal en reserva, además de los dispueto en este artÃculo, le serán de aplicación, en su caso, las normas contenidas en este Reglamento"
Por lo tanto, y suponiendo que te lo han dado de forma voluntaria, se supone que no puedes pedir otro, hasta que no pase el tiempo de mÃnima permanencia.
Por otro lado, podrás pedir el destino que te interesa si es en segunda convocatoria.
No sé sà te habrá sido de mucha ayuda, pero esto es lo que sé.
Hay un teléfono de Atención al Guardia Civil, en el que tambien puedes exponer tú caso, pero no me acuerdo cual es, mira a ver sà alguien te lo pasa.
Un Saludo
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