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estoesunabarbaridad
Cabo Mayor

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 92
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 ¿Denuncia a RD?
Hola:
La duda que me ha surgido es si se puede denunciar a un Real Decreto o estos siempre tiene que ir en concordancia con una Ley. Quiero decir ¿yo puedo decir?: Se denuncia a D tal tal tal por infraccion al articulo tal de RD tal... o tiene que ser denuncia a D tal tal tal por supuesta infraccion al articulo tal de la ley tal en concordancia copn el articulo tal del RD tal.
Esto me viene al hilo de una denuncia que se pensaba poner en mi puesto por peliculas porno en una gasolinera que la denuncia se hacia a un RD. Pero yo recordaba que en la academia se decÃa que solo se podia denunciar a una norma con rango de Ley.
En caso de que no sea asi, ¿A que normas se puede denunciar? ¿Se puede denunciar por ejemplo a una ORDEN?
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cives
Sargento

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 146
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 Re: ¿Denuncia a RD?
estoesunabarbaridad Escribió: Hola:
La duda que me ha surgido es si se puede denunciar a un Real Decreto o estos siempre tiene que ir en concordancia con una Ley. Quiero decir ¿yo puedo decir?: Se denuncia a D tal tal tal por infraccion al articulo tal de RD tal... o tiene que ser denuncia a D tal tal tal por supuesta infraccion al articulo tal de la ley tal en concordancia copn el articulo tal del RD tal.
Esto me viene al hilo de una denuncia que se pensaba poner en mi puesto por peliculas porno en una gasolinera que la denuncia se hacia a un RD. Pero yo recordaba que en la academia se decÃa que solo se podia denunciar a una norma con rango de Ley.
En caso de que no sea asi, ¿A que normas se puede denunciar? ¿Se puede denunciar por ejemplo a una ORDEN?
Lo que a usted le suena de la academia es el principio de legalidad penal o administrativo sancionador, es decir, la potestad sancionadora tiene que venir habilitada siempre y necesariamente a través de una ley o norma con rango de ley, la cual puede incluir, o no, la relación concreta de conductas tÃpicas sancionables, las sanciones que acarrean tales conductas, el procedimiento establecido, los órganos competentes para sancionar, etc. Pero lo normal es que la ley sólo regule las cuestiones y principios generales y las normas reglamentarias (RD, etc.) detallen todo aquello que la ley ha recogido grosso modo.
Usted lo que debe hacer es denunciar siempre en función de lo que diga y establezca la norma más "detallista" y concreta posible, que suele ser siempre la norma reglamentaria, el RD.
Por ejemplo, si repasa la Ley 23/1992 de seguridad privada encontrará en la propia ley un amplio detalle del régimen sancionador (conductas, sanciones, competentes, procedimiento), pero si mira el RD 2364/1994 que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada verá lo mismo pero mucho más detallado, entonces ¿qué norma usar? Pues la que mejor recoja la conducta infractora que debe denunciar, que normalmente es la del RD.
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ivantomas_35
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 245
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 Re: ¿Denuncia a RD?
Habló el superletrado, jaajajajaja
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cives
Sargento

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 146
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 Re: ¿Denuncia a RD?
A ver si el administrador o alguien le dice algo al sujeto éste, que está desvariando ya más de la cuenta y va perdiendo los papeles de forma alarmante.
Venga majo expresa una opinión jurÃdica de cierta enjundia, vamos .. algo más que juntar unas cuantas letras.
¿Me va a perseguir por todo el foro?, ¿seguirá retándome a un duelo detrás del Alcázar tras enviar primero a sus padrinos?, ¿qué es lo próximo que veremos?
Pena da.
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ewok
Cabo Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 42
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 Re: ¿Denuncia a RD?
Como acertadamente escribe Cives, los Reales Decretos siempre desarrollan las Leyes,es decir que especifican mas concretamente lo que articulan las Leyes. como ejemplo te pongo lo siguiente, el uso del telefono en la Ley de Seguridad Vial viene recogido en el articulo 11 apartado 3 mientras que se denuncia por el Reglamento General de Circulacion al articulo 18 apartado 2. Entonces escoge la que mas se adecue a la infraccion, para tenerlo atado lo mejor posible en caso de recurso.si bien ambas son validas en derecho administrativo.
Un saludo
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agapornis
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 207
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 Re: ¿Denuncia a RD?
CIVES, enhorabuena por los consejos que das para todos los que queremos saber y aprender, mencionas a Leyes y Reales Decretos. En este Cuerpo, por desgracia para todos, hay quien se oculta en el graderÃo, pero a final de mes cobra igual. Que injusticia.
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ivantomas_35
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 245
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 Re: ¿Denuncia a RD?
Dejaré de perseguirte cuando retires lo de los insultos a mis padres y si el Administrador considera oportuno echarme, igual deberÃa hacer lo mismo contigo por haber insultado. No eres mejor que yo. Y sabrás más leyes, seguro; pero de la calle, estás un poco "pez", abotargado en tu despacho y en tus salas de lo penal o lo civil. No sólo de preceptos jurÃdicos se vive. Hay otros aspectos, como la decisión a la hora de actuar, el tenerlos bien puestos cuando vienen mal dadas. Eso es tan importante como saber tal o cual artÃculo.
Agapornis, yo no me escondo en el graderÃo, si lo dices por mÃ. Si te hubiese faltado al respeto de esa manera, seguramente tú habrÃas hecho igual. He visto muy agrias discusiones tuyas con otras personas. Jamás he faltado al respeto a nadie y he tenido discrepancias con muchos foreros. Si he llamado payaso a cives es por dar por hecho que yo soy un delincuente, sin conocer nada de mis circunstancias. A ese leve insulto, ya has visto como ha respondido -llamando a mi madre pata, a mi padre puto -todo un señor letrado, que va de superior y dando consejos legales. En cuanto a mi bagage profesional, pues llevo más de 20 años, en unidades siempre operativas y con más 350 detenidos a mis espaldas. Igual si me merezco cobrar todos los meses, digo yo.
Un saludo
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basilio
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 275
Ubicación: canarias
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 Re: ¿Denuncia a RD?
estoesunabarbaridad Escribió: una denuncia que se pensaba poner en mi puesto por peliculas porno en una gasolinera que la denuncia se hacia a un RD...
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Supongo que te referirás a tener las pelis expuestas a la vista de cualquiera.
Vas bien encaminado, se le sanciona al RD 1189/82, art 2 y 3, y además al art 106, apartado 23, de la LEY 1/97 de Atención Integral a los Menores
____________ La vida puede comprenderse solamente hacia atrás,
pero debe vivirse siempre hacia adelante
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cives
Sargento

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 146
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 Re: ¿Denuncia a RD?
Por respeto al resto de foristas no voy a contestar al individuo que ve la paja en ojo ajeno pero no la viga en el propio, eso sÃ, salvo que insista en su actitud persecutoria o me vuelva a enviar a sus padrinos para un duelo al alba a través de un mensaje privado.
La GC me transmitió rasgos y cualidades que siempre he procurado mantener como el no caer en provocaciones gratuitas, respetar al que respeta, tener claro que Dios dijo hermanos y no primos, y muchas otras cosas más que serÃa largo transcribir.
Entro aquà para colaborar en lo posible y discutir procurando aportar siempre elementos positivos y que puedan servir en el trabajo diario ya que yo también sufrà la penuria formativa -y de todo tipo- en la que mantiene el Cuerpo a su escala más sacrificada, vejada y que sustenta todo el peso de la institución. Eso sÃ, cuando tengo que criticar porque honradamente lo pienso, lo hago, lo he hecho y lo seguiré haciendo, pues creo que es más provechosa para todos la crÃtica que el alago.
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ivantomas_35
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 245
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 Re: ¿Denuncia a RD?
Ya te he dicho que contestaré lo que crea conveniente de ti hasta que admitas que has insultado gravemente a miembros de mi familia más directa y pidas excusas por ello. Eso es tener muchÃsimo respeto, sà señor. Te piensas por encima de los que hemos pasado penurias formativas, pero no lo estás. Si criticas lo hecho por los demás, debes admitir las crÃticas, cosa que por tu ego desmedido no haces. DeberÃas saberlo, si realmente eres abogado. Asà que seguiré en mi actitud y si quieres duelo, ya te lo dije. No te escondas detrás de tus libros, reales decretos, órdenes generales y demás zarandajas.
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xexual7
Sargento

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 111
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 Re: ¿Denuncia a RD?
esta permitido el uso de internet a menores de edad retrasados?porque eso es lo que parecen ambos, todos tenemoas nustrso 18 recien cumplidos, sean maduros y arreglen sus asuntos mediante privados.por otra parte, gracias cives por tu documentacion en temas varios, y gracias ivantomas por tu trayectoria, pero con este tira y afloja que estan manteniendo estan quedando al nivel de la m..... den ejemplo y luz a las nuevas generaciones. dado que lo que era una gran consulta y respuesta, se ha quedad en una discusion que no viene a cuento. un saludo a todos y gracias por la informacion.
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ivantomas_35
Sargento Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 245
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 Re: ¿Denuncia a RD?
Mira, xexual. Cuando Cives me faltó al respeto, le mandé un privado y no ha querido saber más. Se ha dedicado a dar por saco en el general. ¿Qué habrÃas hecho tú si te llaman delincuente? Igual te molesta ¿no? Piensa y seguro que verás que el tema se ha calentado por un primer insulto, al cual simplemente respondà en un privado, para no haceros partÃcipes de ese tipo de asuntos, porque sé que éste no es el cauce, pero no me ha quedado más remedio.
Un saludo, xexual.
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xexual7
Sargento

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 111
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 Re: ¿Denuncia a RD?
intenten solucionarlo hablando, no merece la pena que por lo que seguramnete sea un malentendido, se lo tomen como algo personal, y si no, a garrotazo limpio, o duelo de espadas...jejeje...en serio, sean personas maduras.
yo por mi caracter hubiera pasao del tema, o como mucho hubiera respondido con retranca e ironia, que jode mas.
un saludo pa ti tb ivantomas, ya cuidarse de los de fuera y de los de dentro, que muchas veces son peores
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cives
Sargento

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 146
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 Re: ¿Denuncia a RD?
La desfachatez personificada.
Qué pena !!!!!!
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estoesunabarbaridad
Cabo Mayor

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 92
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 Re: ¿Denuncia a RD?
cives Escribió: estoesunabarbaridad Escribió: Hola:
La duda que me ha surgido es si se puede denunciar a un Real Decreto o estos siempre tiene que ir en concordancia con una Ley. Quiero decir ¿yo puedo decir?: Se denuncia a D tal tal tal por infraccion al articulo tal de RD tal... o tiene que ser denuncia a D tal tal tal por supuesta infraccion al articulo tal de la ley tal en concordancia copn el articulo tal del RD tal.
Esto me viene al hilo de una denuncia que se pensaba poner en mi puesto por peliculas porno en una gasolinera que la denuncia se hacia a un RD. Pero yo recordaba que en la academia se decÃa que solo se podia denunciar a una norma con rango de Ley.
En caso de que no sea asi, ¿A que normas se puede denunciar? ¿Se puede denunciar por ejemplo a una ORDEN?
Lo que a usted le suena de la academia es el principio de legalidad penal o administrativo sancionador, es decir, la potestad sancionadora tiene que venir habilitada siempre y necesariamente a través de una ley o norma con rango de ley, la cual puede incluir, o no, la relación concreta de conductas tÃpicas sancionables, las sanciones que acarrean tales conductas, el procedimiento establecido, los órganos competentes para sancionar, etc. Pero lo normal es que la ley sólo regule las cuestiones y principios generales y las normas reglamentarias (RD, etc.) detallen todo aquello que la ley ha recogido grosso modo.
Usted lo que debe hacer es denunciar siempre en función de lo que diga y establezca la norma más "detallista" y concreta posible, que suele ser siempre la norma reglamentaria, el RD.
Por ejemplo, si repasa la Ley 23/1992 de seguridad privada encontrará en la propia ley un amplio detalle del régimen sancionador (conductas, sanciones, competentes, procedimiento), pero si mira el RD 2364/1994 que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada verá lo mismo pero mucho más detallado, entonces ¿qué norma usar? Pues la que mejor recoja la conducta infractora que debe denunciar, que normalmente es la del RD.
RESUMIENDO
Vale...entiendo entonces que si el RD concreta, puntualiza o especifica lo dicho en la Ley con la que tiene relación, recogeré en el apartado norma del SIGO: Art tal de la Ley tal en concordancia con el art tal del RD tal. Y e caso de que lo que refleja el decreto no tenga relacion o yo no la encuentre con lo dicho en una Ley recogere en ese apartado art tal del RD tal. Tal y como describe un compañero que se hace con el Reglamento Gen. de Circ. (Lo que indica que tambien, como pregunte, podria denunciar a otra norma diferente del RD y la Ley en la que se ha centrado la discursion)
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