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CATALAN
Cabo Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 42
Ubicación: En las Vascongadas
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 Preguntita para tráfico
A ver, que me comentaron el otro dÃa una cosilla y no sé si es posible. Moto de 600cc con carnet de menos de un año, se limita, no. Pero me han dicho que si la relación peso potencia de la moto no es inferior a 0,17kw, no es necesario, ya que la motocicleta desarrolla una potencia permitida para el carnet tipo A de menos de 2 años. O algo asÃ, que me lo han contado por teléfono y a toda la gente que conozco se lo he preguntado y nadie me lo ha sabido decir con seguridad,
Por si os sirve la motocicleta es una HONDA Shadow 600c
Bueno de antemano, gracias.
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Sacapuntas
Guardia Civil

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 7
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 Re: Preguntita para tráfico
Un saludo:
Con el Permiso Clase "A" (El limitado durante dos años hasta que concedan el definitivo A+), se pueden conducir:
Motocicletas de CUALQUIER CILINDRADA, pero siempre que se cumplan dos premisas (siempre las dos)
-Potencia Máxima de 25 Kw
-Relación Peso / Potencia no superior a 0,16 Kw / Kg.
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sepronero
Guardia Eventual

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 4
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 Re: Preguntita para tráfico
Sacapuntas, podrÃas informar si la condición:
-Relación Peso / Potencia no superior a 0,16 Kw / Kg.
Se refiere al peso del vehÃculo (tara) o a la masa máxima autorizada.
Lo comento porque he visto en varios foros de moteros que el peso que creen es el del MMA. Yo no encuentro en ninguna normativa a que peso se refiere. Por otro lado me parece fuera de lugar que se refiera al MMA, ya que por ejemplo mi moto que es de enduro (de las mas ligeras) tiene un MMA de 335 klg y una potencia de 29,4 kw, osea una relación potencia/MMA de 0,09kw/klg, y lo curioso es que estos datos si vienen reflejados en la ficha técnica apartado observaciones.
Yo entiendo que lo de relación peso/potencia no superior a 0´16 kw, es para cuando una moto es tan ligera que incluso con la limitación de 25 kw sus prestaciones son demasiado superiores para un novato.
Si el peso se refiere a el MMA, resultarÃa que para que una motocicleta de 25 kw supere esos 0'16 kw/klg la tara tendrÃa que ser de 75 klg, y solo podrÃa ser ocupado por el conductor de no mas de 80 kl de peso.
¿Alguien que pueda aclarar esto?
Gracias.
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ewok
Cabo Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 42
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 Re: Preguntita para tráfico
Primero hemos de mirar exctamente lo que dice el Reglamento de Conductores en su articulo 5:
A-1 motocicletas ligeras sin sidecar con cilindrada maxima de 125 cc, una potencia 11 KW y una relacion potencia/peso de 0,11 kw/kg, es decir en este caso tiene que cumplir los tres requisitos, sin excusa
A, motocicletas con o sin sidecar. Triciclos y cuadriciclos de motor.
Ahora nos vamos al articulo 7 del mismo reglamento y buscamos en el apartado uno en el apartado 1 parrafo B dice" El permiso de la clase A. No obstante la autorizacion para conducir motocicletas con uan potencia superior a 25 kw o una relacion potencia/peso su superior a 0,16 kw/kg estara supeditada a la adquisicion de una experiencia minima de dos años en la conduccion de caracteristicas inferiores a las anteriormente reseñadas pero superiores a las de las motocicletas que autoriza A-1", es decir que las motocicletas pueden ser desde mas de 125 hasta xxxxx, lo importante es potencia o relacion potencia peso.
A mi entender y por la definicion de tara "peso del vehiculo con su equipo fijo autorizado , sin personal de servicio, pasajeros ni carga y con su dotacion de combustible,agua,lubricante,herramientas y accesorios reglamentarios" entiendo que el peso se refiera a la tara y no a la m.m.a
Entonces la operacion es bien sencilla divides la potencia entre el peso(tara) y sacas la relacion potencia peso.
Espero haber sido de ayuda.
Un saludo
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sepronero
Guardia Eventual

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 4
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 Re: Preguntita para tráfico
Gracias ewok por tu respuesta.
Mis dudas surgieron al comprobar la documentación de mi moto, que tiene una tara de 145 kg, y una potencia de 29,4kw, por lo que tendrÃa una relación peso/potencia de 0,20 kw por kilo. Pero en la ficha técnica solo viene reflejada relación potencia/MMA,(KW/KG) 0,09 kw, por lo que muchos moteros tienen confusión.
Pero aún sigo con dudas (MMA o lo que es lo mismo PMA peso máximo autorizado),
Según el R.D.L.339/90 en su ANEXO I apartado 35 dice:
Peso máximo autorizado (P. M. A.). El mayor peso en carga con que se permite la circulación normal de un vehÃculo.
Me gustarÃa saber si hay alguna norma donde especifique claramente que el peso se refiere a la tara y no al MMA, no es por denunciar sino por informar al ciudadano.
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ewok
Cabo Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 42
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 Re: Preguntita para tráfico
De nada Sepronero a mandar que para eso estamos.
Creo que no hay ninguna norma que especifique clramente si se refiere a la tara o a la mma, si yo fuera tu, me acercaria a una Estacion ITV donde tengas confianza y preguntaria este tema al respecto al ingeniero de la estacion.
No obstante para conducir motocicletas con A limitado solo debe cumplir unos de los requisitos o por potencia inferior a 25 kw o relacion potencia/peso inferior a 0,16 Kw/kg, no debe de cumplir las dos cosas con una vale.
Yo cuando te viene este caso en carretera miro tarjeta ITV y verifico la potencia y si esta no es la adecuada miro haber si tiene anotado el dato de la relacion potencia/peso. Si la relacion potencia/peso es adecuada, porque la potencia es la de fabrica del vehiculo y al efectuarse una reforma de importancia(instlacion de kit de limitacion) en el vehiculo debe constar dicho extremo en la tarjeta ITV con la correspondiente anotacion o bien sobre la potencia que queda tras al reforma o la relacion potencia /peso, no obstante en algunas Tarjetas ITV este dato cuando compras la moto este dato ya te viene reflejado en la Tarjeta
Espero ser de ayuda.
Un saludo
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sepronero
Guardia Eventual

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 4
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 Re: Preguntita para tráfico
ewok Escribió: De nada Sepronero a mandar que para eso estamos.
Creo que no hay ninguna norma que especifique clramente si se refiere a la tara o a la mma, si yo fuera tu, me acercaria a una Estacion ITV donde tengas confianza y preguntaria este tema al respecto al ingeniero de la estacion.
Gracias de nuevo, en cuanto pueda me paso por una ITV que tenemos en un pueblo de la demarcación, a ver si me lo aclaran.
saludos
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CATALAN
Cabo Primero

Registrado: Enero 1970
Mensajes: 42
Ubicación: En las Vascongadas
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 Re: Preguntita para tráfico
Pos na muchas gracias a todos, mis dudas han sido satisfactoriamente resueltas
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