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PLAZOS DE INCORPORACION A NUEVO DESTINO


En el Boletín Oficial del Cuerpo de fecha 11 de junio de 2.001 núm. 16, en la pagina 1986, se transcribe resolución de 8 de junio de 2.001 por la que se destina al personal que se relaciona a las unidades que se indican, en virtud de las atribuciones que confiera al Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil el artículo 74.2 de la Ley 42/99 y de conformidad con lo previsto en el art. 1º de la O. Del Ministerio del Interior de 19 de agosto de 1.987 y O. General del Cuerpo núm. 67, de 30 de julio de 1.986.

Un componente de la Guardia Civil asociado a Coproper se pone en contacto con Delegación Huelva en la cual manifiesta que le han comunicado el destino a una nueva comandancia a los tres días de haber entrado en vigor la orden de traslado publicada en el B.O.C.

Delegación Huelva, con fecha 1 de junio, a través de sus servicios jurídicos le confecciona modelo de instancia, ( VER ANEXO Nº 1).

Paralelamente Delegación Huelva como Asociación eleva QUEJA AL DEFENSOR DEL PUEBLO (VER ANEXO Nº 2).

Con fecha 13 de julio Subdirección General de personal dice mediante telex que el permiso de incorporación por destino, en todos los casos, debe iniciarse al día siguiente al de cese efectivo en la Unidad de origen. 8VER ANEXO Nº 3).

Una vez este escrito de la Subdirección General de Personal ha tenido entrada en Unidades, componente Guardia Civil asociado a Coproper que había pasado destinado de Islas Canarias a Huelva, se pone en contacto con Delegación Huelva, manifestando que de los treinta días que tenia de incorporación, sólo pudo disfrutar 27, pues la orden de traslado de Comandancia se la comunicaron a los tres días de haber entrado en vigor. (VER ANEXO Nº4).

Días después, Teniente Coronel Primer Jefe Comandancia Huelva, le concede los tres días de incorporación que había perdido por causas ajenas a su voluntad en traslado Comandancia (VER ANEXO Nº 5).



ANEXO Nº 1


AL EXCMO. SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL



DON ......................................................................, Guardia Civil con Documento Nacional de Identidad núm. ...............................y destinado anteriormente en el Puesto de Aracena de la Comandancia de Huelva y en la actualidad en plazo de incorporación a la Comandancia de Sevilla, ante V.E. comparece y como mejor proceda en Derecho


E X P O N E.


PRIMERO: El solicitante ha sido destinado por Resolución de su Autoridad de fecha 8 de Junio de 2.001 a la 2041 Comandancia de Sevilla, publicada en el Boletín Oficial del Cuerpo número 16 de Fecha 11 de Junio de 2.001.

En dicha resolución se hace mención expresa a que la presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación, (fecha 12-06-01), por lo que según dispone la Orden General del Cuerpo número 67 de fecha 30 de julio de 1.986, el plazo de incorporación al nuevo destino (20 días naturales), comienza a contar desde ese día.

SEGUNDO: Se tiene conocimiento de que los destino publicados en dicho B.O.C. han sido adelantados a las Unidades respectivas el día 12-06-01, empleando los medio telemáticos correspondientes a fin de que por el personal afectado, se pierda el menor número de días posibles de incorporación.

TERCERO: El solicitante, ha tenido conocimiento de forma oficial a través de un radio, recibido en el Puesto de su anterior destino, a las ..............horas del día...................., por lo que ha perdido TRES DIAS de su correspondiente plazo de incorporación.

CUARTO: Caso de haber puesto en conocimiento de las Unidades por medios telemáticos los destinos con el fin reseñado anteriormente, se le debería de haber comunicado el mismo día 12 ó el día 13, con lo que sólo se hubiera perdido un día del plazo de incorporación.

QUINTO: Cree el solicitante que si se hubieran utilizado los medios que en la actualidad sirven para dar una mayor urgencia a las comunicaciones podría haber tenido conocimiento de su destino el mismo día 12 o 13 de junio de 2.001.

Por todo lo expuesto anteriormente y considerando a juicio del que suscribe y dicho sea con todos los respetos que por habérsele comunicado el día 15-06-01, a las ...........horas el nuevo destino publicado en el B.O.C. núm. 16, se le ha producido un perjuicio en el plazo de incorporación establecido en la O.G. núm. 67 de 30 de junio de 1.986 que señala 20 días naturales, SOLICITA DE V.E.

PRIMERO: Que se admita esta instancia a trámite y tras las gestiones que estime pertinente, dicte resolución por la que se le conceda al solicitante la incorporación a su destino el día 04 de julio de 2.001, a fin de compensar la tardanza en la comunicación de dicho destino.

SEGUNDO: Se informe a esta parte, si dichos destinos han sido anticipados por los medios telemáticos que poseen las Unidades. Fax, radio, correo electrónico, etc. Y si así fuera la fecha en que ha sido comunicada a la Comandancia a la que pertenecía en mi anterior destino.

TERCERO: Que se de cumplimiento a lo establecido en la Orden de 14 de abril de 1.999 (B.O.C. núm. 97), por la que se establecen criterios para la emisión de la comunicación a los interesados prevista en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 en cuando a adelanto de la solicitud y a contenido de la comunicación.

CUARTO: Que se libre copia sellada de esta instancia, en el momento de su presentación, tal como se recoge en el artículo 70.3 de la Ley 30/92 y escrito de fecha 31 de marzo de 1.998 dimanante del Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil, dando instrucciones sobre tramitaciones administrativas.

Es justicia que pide en .................a...........de............................de 2.001





ANEXO Nº 2


EXCMO. SEÑOR DEFENSOR DEL PUEBLO
Calle Eduardo Dato núm 31
MADRID


LA DELEGACIÓN DE HUELVA DE LA ASOCIACION UNIFICADA DE GUARDIAS CIVILES CONTRA LA CORRUPCIÓN Y POR EL PROGRESO, (antigua COPROPER 6-J), inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones, del Ministerio de Justicia e Interior, con el Número 135.138, y con domicilio a efectos de notificaciones en Apartado de Correos 1.223, 21080 de Huelva, y sede social en la Avda. Federico Mayo núm 6- Bajo-B, en nombre de sus 335 asociados de la provincia de Huelva, ante V.E. comparece y como mejor proceda en derecho DICE:

Por la presente, quiere presentar una queja formal ante V.E., por lo que considera una actuación irregular de la Administración y que perjudica el derecho a la igualdad que debería de regir en todas sus actuaciones.
Y para su conocimiento tiene el honor de EXPONER:

PRIMERO: En el Boletín Oficial del Cuerpo de fecha 11 de junio de 2.001 núm 16, en la pagina 1986, se transcribe resolución de 8 de junio de 2.001 por la que se destina al personal que se relaciona a las unidades que se indican, en virtud de las atribuciones que confiera al Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil el artículo 74.2 de la Ley 42/99 y de conformidad con lo previsto en el art. 1º de la O. Del Ministerio del Interior de 19 de agosto de 1.987 y O. General del Cuerpo núm 67, de 30 de julio de 1.986.

En dicha resolución se especifica que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

SEGUNDO: La Orden General del Cuerpo número 67 de fecha 30 de Julio de 1.986, en su artículo 16 NORMAS DE GENERAL APLICACIÓN, dice “ El plazo de incorporación al destino será de veinte días naturales, pero si el traslado es desde la Península, Baleares o Norte de Ãfrica a Canaria o viceversa, será de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación e el Boletín Oficial del Cuerpo, salvo que se ordena la incorporación urgente. Se ordene la retención en el destino anterior por el plazo que se marqueâ€.

TERCERO: En esta Delegación se han recibido bastantes quejas relacionadas con la notificación a los interesados del la publicación en el Boletín Oficial del Cuerpo de la resolución por la que se procede a destinar a los Guardias Civiles a sus nuevos destinos, consistentes en que se ha comunicado a los interesados, el día 14 y el día 15 dicha resolución, y que por dicha han perdido dos o tres días de su plazo de incorporación.
A titulo de ejemplo, personal destinado en la Cabecera de la Comandancia de Huelva, lo ha recibido el día 14-06-01 y personal destinado en la Sierra de Huelva, distante 100 km. de la capital el día 15-06-01.

CUARTO: En aplicación de la normativa reseñada, el plazo de incorporación al nuevo destino, comienza a contar desde el día 12 de junio de 2.001,

Se tiene conocimiento de que con el fin de comunicar con la máxima prontitud la resolución publicada en el Boletín Oficial del Cuerpo número 16 y de que los interesados, tengan conocimiento de su pase al nuevo destino, la misma, fue adelantada por los medios telemáticos que en la actualidad posee la Guardia Civil a todas las Unidades para que fuera participado a los guardias civiles que cambian de destino, todo ello porque dicho B.O.C. se remite a las Unidades por los propios medios que posee la Guardia Civil, recogiendo en Madrid los de una zona los vehículos que van a la Dirección General o Parque de Automovilismo para entregar o recoger material y posteriormente estas Comandancia pasan a recogerlos a dicha zona, con lo que se pierde un tiempo precioso y necesario para efectuar el traslado de todo el mobiliario, ver nuevo destino, alquilar vivienda, si no hay vacantes en el Puesto, cumplir con lo preceptuado en cuanto a despedida y entrega de armamento en el destino antiguo y nuevo, bajas de luz, agua, padrón municipal, colegios de hijos, etc. Y todo lo que lleva consigo el cambio de un domicilio completo.

Es de señalar que si no se ha cumplido escrupulosamente con la comunicación a los interesados con la debida prontitud y algunas Comandancias lo han participado a los interesados, se podrían ver perjudicado los Guardias Civiles de la Comandancia de Huelva, en la solicitud de pabellón en el Puesto al que fuera destinado, ya que el que primero que llega y solicita pabellón tiene preferencia para la adjudicación, así como en otros aspectos que son necesarios para la búsqueda de vivienda, transporte de mobiliarios etc.

QUINTO: Cree esta Asociación, dicho sea con todos los respetos que con los medios telemáticos que existen en la actualidad, y si el B.O.C. ha sido publicado el día 11 de junio de 2.001 y la entrada en vigor de la resolución de los destinos comienza el día 12, este mismo día 12 por medio de fax, radio, Intranet etc, se podría haber comunicado a las Comandancias la relación de los Guardias Civiles destinados a fin de perder el menor número de días posibles en el plazo de incorporación y a su vez desde las Comandancias a los distintos Puestos de la Provincia ese mismo día 12, algo que no entraña ninguna dificultad máxime cuando se posen medios como fax, correo electrónico, radioteléfonos, patrullas, Guardias de Puertas, escribientes de guardia etc, las 24 horas del día. Y si efectivamente la Dirección General de la Guardia Civil, ha comunicado a las Comandancias por estos medios los nuevos destinos, es incomprensible como no se ha tenido conocimiento oficial en los distintos puestos de esta Comandancia, hasta el día 14 ó 15 de junio de 2.001, cuando en la Jefatura de la Comandancia, se tenía conocimiento el día 12 de junio de 2.001, habiéndose visto perjudicado y tratado con desigualdad con respecto a otros compañeros que si han tenido conocimiento el mismo día 12 de junio de 2.001.

Por todo lo expuesto anteriormente, SOLICITA DE V.E., que si a bien lo tiene, tenga por admitido este escrito y si considera que ha existido una actuación irregular por parte de la administración, se tomen las medidas oportunas y que considere necesarias, para que una vez publicado en el Boletín Oficial del Cuerpo, las relaciones con los destinos de los Guardias Civiles, estos sean comunicados por el medio más rápido a los interesados, a fin de cumplimentar lo preceptuado en la Orden General número 67 de fecha 30 de julio de 1.986 y que cuenten con el plazo de 20 días naturales para la incorporación al nuevo destino.
Para ello por parte de la Dirección General se podría comunicar vía fax a las distintas Comandancias los destinos de los Guardias Civiles pertenecientes a las mismas y estas a su vez el mismo día a los Puestos correspondientes, utilizando para ello los medios que se poseen en la actualidad y que permiten que en cuestión de muy poco tiempo que pudiera ser un día que todo el personal tuviera conocimiento de dichos destinos o haciendo constar en la resolución que entra en vigor por ejemplo cinco días después de la publicación, con lo que se conseguiría que todos los Guardias Civiles destinados, tuvieran conocimiento de cuando comienza el plazo de incorporación, evitando de esta forma que unos comiencen el día en que se publica el B.O.C. caso por ejemplo de los destinado en Madrid y el resto de compañeros que no tienen conocimiento hasta dos o tres días después.

Es justicia que espera pide en Huelva a 1 de junio de 2.001




ANEXO Nº 3




MINISERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL

ASUNTO.- SOBRE PERMISO DE INCORPORACION NUEVOS DESTINOS

Subdirección General de personal, en telex de fecha 13 de julio de 2001, dice lo siguiente:

El permiso de incorporación por destino, en todos los casos, debe iniciarse al día siguiente al de cese efectivo en la Unidad de origen.
Todo ello, sin perjuicio de que por la Subdirección General de Operaciones, en funcion de las necesidades del servicio de las Unidades de nuevo destino, se haga uso de la cláusula contenida en el art. 16 de la orden General nº 67/86, de 30 de julio.
A tal efecto, las Unidades de origen de los destinatarios participaran a las de nuevo destino la fecha de referencia.

Madrid, 13 de julio de 2001.





ANEXO Nº 4




MODELO DE INSTANCIA

D. , Guardia Civil, con Documento Nacional de Identidad núm. Y destinado anteriormente en el Puesto de de la Comandancia de y en la actualidad en el Puesto de ante, V.E., comparece y como mejor proceda en Derecho.


E X P O N E

PRIMERO.- El solicitante ha sido destinado por Resolución de Su Autoridad de fecha xxx de xxxx de xxx a la Comandancia de xxxxx , publicada en el Boletín Oficial del Cuerpo número xx de fecha xx de xxxx de 2001.

En dicha resolución se hace mención expresa a que la presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación, (fecha xx/xx/xx), por lo que según dispone la Orden General del Cuerpo número 67 de fecha 30 de julio de 1.986, el plazo de incorporación al nuevo destino (30 días naturales), comienza a contar desde ese día.

SEGUNDO.- El Sr. Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de , comunicó a todos los Puestos, que a los Guardias Civiles destinados a las distintas Comandancias, comenzarán su plazo de incorporación el día xx/xx/xx.

TERCERO.- El solicitante, ha tenido conocimiento de forma oficial a través de un correo electrónico, recibido en el Puesto de su anterior destino, a las 13:39 horas del día xx/xx/xx, el día que comenzaba el plazo de incorporación, (se adjunta fotocopia del mencionado correo electrónico como Documento nº 01), y verbalmente por parte del Comandante de Puesto a la Comandancia que pasaba destinado, (se adjunta fotocopia de la Baja en el anterior Puesto y salida nuevo destino como Documento nº 02).

CUARTO.- Una vez incorporado a la Comandancia de a comenzado a prestar servicio el pasado día xx/xx/xx en lugar del día xx/xx/xx, fecha en la que cumple los 30 días naturales que establece la O.G. núm. 67 para los procedentes de las islas.

Por todo lo expuesto anteriormente y considerando a juicio del que suscribe y dicho sea con todos los respeto que por habersele comunicado, que el plazo de incorporación a su nuevo destino publicado en el B.O.C. núm. xx, comenzaba el día xx/xx/xx y no haberse cumplido el mismo, se le ha producido un perjuicio en el plazo de incorporación establecido en la O.G. núm. 67 d 30 de junio de 1.986, que señala 30 días naturales.


SOLICITA DE V.E.:

PRIMERO.- Que se admita esta instancia a trámite y tras las gestiones que estime pertinente, dicte resolución por la que se conceda al solicitante cuatro días, a fin de compensar los días que le faltan para el plazo de 30 días naturales.

Segundo.- Se informe a esta parte, si la comunicación efectuada por la Comandancia de (Procedencia) ha sido participada a la de (Destino) a fin de que el plazo de incorporación comenzara a contar desde el día xx/xx/xx, por los medios telemáticos que poseen las Unidades, Fax, radio, correo electrónico, etc.

TERCERO.- Que se de cumplimiento a lo establecido en la Orden de 14 de abril de 1.999 (BOC. núm. 97), por la que se establecen criterios para la emisión de la comunicación a las interesados prevista en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 en cuanto adelanto de la solicitud y a contenido de la comunicación.

CUARTO.- Que se libre copia sellada de esta instancia, en el momento de su presentación, tal como se recoge en el artículo 70.3 de la Ley 30/92 y escrito de fecha 31 de marzo de 1.998 dimanante del Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil, dando instrucciones sobre tramitaciones administrativas.


Es justicia que pide en a de de



Fdo.:





ANEXO Nº 5






EXCMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL MADRID

OFICIO
S/REF
N/REF
FECHA
ASUNTO: RDº INSTANCIA EN SOLICITUD PODER DISFRUTAR DÃAS PERDIDOS DEL PERMISO INCORPORACIÓN DE UN GUA. CIVIL.

DESTINATARIO: Sr. Teniente Jefe Acctal. de la Compañía.


Para el curso o resolución que a su vista estime oportuno adjunto remito a V., instancia que eleva al Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil el Guardia Civil destinado en esta Unidad D. ( ), en solicitud compensación días no disfrutados en el Permiso de Incorporación, dicho Guardia Civil paso destinado a la Comandancia de desde la Comandancia de por Resolución de fecha xx de xxxx de xxxx, B.O.C. número xx de fecha xx de xxx de xxxx, en dicha resolución se hace mención expresa a que la presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación (fecha xx/xx/xx), dicho Guardia Civil se incorporó a esta Unidad el día xx/xx/xx, desde su incorporación observa buena conducta en todos los aspectos, considerándolo acreedor de lo que peticiona salvo superior parecer.

Xxxxxx, xx de xxxx de .-
EL COMTE. PUESTO ACCTAL.-





Xxxxxx , xxx de xxx de xxx

CONCEDIDO el disfrute de 4 días de permiso de incorporación, pendientes de disfrutar por el Guardia Civil comprendido en el presente, de los cuales podrá hacer uso cuando las necesidades del servicio lo permitan, previa solicitud de esta Jefatura.
Vuelva a su procedencia para conocimiento del interesado y efectos, debiendo dar cuenta a continuación de haber quedado enterado el solicitante.

EL TCOL. JEFE DE LA COMANDANCIA,



Xxxxxx, xx de xxxx de xxxx

CONCEDIDO el disfrute de 4 ías de permiso de incorporación pendientes de disfrutar por el solicitante, de los cuales podrá hacer uso cuando las necesidades del servicio lo permitan, previa solicitud al Sr. Teniente Coronel Jefe de Comandancia.
Pase al Sr. Comandante de Puesto de xxxxxxx para conocimiento del interesado y efectos, debiendo dar cuenta a continuación de haber quedado enterado el solicitante.

EL CAPITÃN DE LA COMPAÑÃA.
  



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