PROGRAMA 4.2.- GESTION DE LAS AYUDAS AL ESTUDIO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, PARA HIJOS DEL CUERPO VICTIMAS DE ATENTADO
FINALIDAD:
Ayudar económicamente a paliar, en lo posible, aquellos gastos que conllevan los estudios de estos huérfanos.
BENEFICIARIOS:
Los huérfanos del personal del Cuerpo vÃctimas de atentados terroristas.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA:
La dotación presupuestaria destinada a este programa, es asignada con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia.
CUANTÃA DE LAS AYUDAS:
El importe de las prestaciones es diferente en cada ejercicio económico, según la dotación presupuestaria y el número de solicitudes.
SOLICITUDES:
Plazo de presentación.
La fecha lÃmite de recepción de instancias en la Jefatura de Asistencia al Personal (Servicio de Acción Social), será el 5 de octubre del año en curso, para su posterior remisión al Ministerio de Educación y Ciencia.
Documentación.
- Instancia debidamente cumplimentada.
- Fotocopia de la matrÃcula del curso 2005/2006.
Trámite.
Mediante instancia, que será enviada por la Unidad donde el interesado tenga su residencia, y por conducto reglamentario a la Jefatura de Asistencia al Personal (Servicio de Acción Social).
Resolución.
La resolución de los expedientes la realiza el Ministerio de Educación y Ciencia.
PERCEPCIÓN:
Procedimiento.
La relación del personal seleccionado para recibir las ayudas correspondientes a este Programa, será publicada en el BoletÃn Oficial del Cuerpo.
El abono de estas ayudas será efectuado por el Ministerio de Educación y Ciencia, directamente a las cuentas bancarias designadas por los interesados.











