PROGRAMA 3.1.- RESIDENCIAS DE VERANO
FINALIDAD:
Acción Social dispone de apartamentos repartidos en distintas Residencias, ubicadas mayoritariamente en Acuartelamientos del Cuerpo.
Para su disfrute se establecen dos temporadas, una veraniega (del 16 de Junio al 30 de Septiembre), dividida en 7 turnos quincenales, y otra NO veraniega, del 10 de Octubre al 10 de Junio del año siguiente.
Asimismo, existe un concierto de intercambio de residencias de descanso, entre la Guardia Civil y la GendarmerÃa Nacional Francesa, el Arma de Carabineros de Italia y la Guardia Nacional Republicana de Portugal, mediante el cual, el personal de estos Cuerpos extranjeros, pueden disfrutar de nuestras residencias y en contraprestación, miembros de la Guardia Civil pueden hacer uso de las que ellos ponen a nuestra disposición en Francia, Italia y Portugal.
La función del Servicio de Acción Social, por lo que respecta a la gestión de las Residencias, está encaminada a crear otras nuevas, mantener y administrar las existentes, y adjudicar las plazas disponibles entre el personal del Cuerpo que las soliciten, empleando para ello un sistema que, mediante un proceso informático, proporciona un reparto objetivo y justo de las mismas.
BENEFICIARIOS:
a) El Personal de la Guardia Civil que se encuentre en cualquiera de las situaciones administrativas contempladas en el artÃculo 80 de la ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
b) Los miembros de las Fuerzas Armadas y personal civil, tanto laboral como funcionario que presten sus servicios en Unidades de la Guardia Civil y, en virtud del concierto de intercambio anteriormente mencionado, los miembros de los Cuerpos extranjeros de Francia, Italia y Portugal.
c) Retirados, Viudas y huérfanos del Cuerpo, con derecho a pensión.
PRECIO:
El precio, bien por quincena en la temporada veraniega, o por dÃa en la NO veraniega, asà como la forma de hacerlo efectivo, se hará constar en las oportunas Resoluciones de anuncio de cada temporada.
SOLICITUDES:
La forma de solicitar, el plazo de presentación, tramitación, documentación necesaria y método de adjudicación serán consignados en las respectivas Resoluciones que se publicarán sobre los meses de febrero/marzo para la temporada veraniega y en el mes de septiembre para la NO veraniega.











