El trámite de audiencia es fundamental para iniciar un procedimento de una falta leve, asi como la verificación de los hechos por parte del mando sancionador.
El trámite de audiencia es preferentemente oral, pero la realidad aconseja y asi se esta haciendo que nos den la posibilidad de alegar por escrito.
Ante esto lo primero que hay que alegar en un trámite de audiencia por la supuesta comisión de una falta leve:
1.- Niego la comisión de la falta imputada, y solicito 48 horas para poder alegar, asimismo solicito copia del parte.
(Importante : el mando tiene que resolver la cuestión de las 48 horas).
2.- Ya se estan dando las 48 horas para poder alegar, en este caso alegariamos, Niego la comisión de la falta imputada e invoco el principio de presunción de inocencia y el principio de legalidad en su vertiente de tipicidad, asimismo solicito copia.
Nota: El trámite de audiencia en caso de que no se quiera decir nada, no se tiene obligación de firmar, pero es aconsejable alegar desde el principio de las actuaciones.
La resolución sancionadora si es obligado firmarla, por que de lo contrario se incurriria en otra falta.










