Informe Anual Defensor del Pueblo 2005
Recomendación sobre anomalÃas en el pie de recurso
A través de una queja, se tuvo conocimiento de que las
notificaciones de las actas del Tribunal Médico Militar Regional de Las Palmas de Gran Canaria inducÃan a error a los interesados, puesto que se observaba que se hacÃa constar como pie de recurso la posibilidad de interponer un recurso de alzada ante el entonces tribunal militar central del Ejército, o ante el tribunal psiquiátrico militar, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación.
A juicio de esta Institución, con esta indicación se habÃan causado
perjuicios al afectado, dado que se le habÃa indicado una vÃa de recursoequivocada, señalándose, además, que la actuación del tribunal
psiquiátrico en ese momento le inhabilitarÃa para posteriores dictámenes.
La Administración militar indicó que el interesado habÃa confundido
alegaciones con recurso, posibilidad inducida por una notificación
errónea.
Por ello, se recomendó que se dictasen las oportunas instrucciones
a las distintas comandancias, para que la anomalÃa advertida no volviera a producirse y, en consecuencia, no se induzca a confusión a los ciudadanos indicando en las diligencias de notificación una vÃa de recurso errónea (0215239).












