PROGRAMA 4.1.- ASESORAMIENTO A FAMILIARES DE PERSONAL VICTIMA DE ATENTADOS, AGRESIONES O ACCIDENTES EN ACTO DE SERVICIO PARA EL COBRO DE LAS AYUDAS PREVISTAS
FINALIDAD:
Que el personal del Cuerpo, que ha sufrido los efectos de acciones terroristas, o fallezca en acto de servicio, perciba para sà o en favor de sus familiares, las prestaciones, indemnizaciones y/o ayudas previstas por distintas Entidades públicas o privadas.
BENEFICIARIOS:
Todo el personal del Cuerpo y las familias afectadas.
PROCEDIMIENTO:
Las Delegaciones y Subdelegaciones de Acción Social asesorarán al personal afectado y a sus familiares acerca de las prestaciones a que tienen derecho en el caso de que se produzcan el accidente o atentado, y de los trámites a seguir en cada caso, dando curso a la documentación que le sea presentada a la Jefatura del Servicio.
Misión del Servicio de Acción Social.
Que dichas prestaciones lleguen a sus destinatarios en el menor tiempo posible, asesorando a las Unidades, en su caso, sobre el procedimiento para que los trámites se desarrollen con la mayor celeridad y éxito. De esta forma se inicia un plan de seguimiento que afecta, entre otras, a las siguientes prestaciones:
- Pensión del Estado.
- Indemnización traslado de residencia.
- Derrama Socorros Mutuos.
- Cruz Mérito Guardia Civil.
- Cruz Mérito Policial.
- CompañÃas aseguradoras.
- Bancos y Cajas de Ahorro (por percibir a través de ellos los haberes).
- Pensión Asociación Pro-Huérfanos.
- Becas Excepcionales (Ministerio de Educación y Ciencia).
- Ayudas y resarcimientos (Ministerio del Interior).
La actualización del seguimiento exige que mensualmente, las Subdelegaciones de Acción Social remitan a la Jefatura de Asistencia al Personal (Servicio de Acción Social), la situación actual en que se encuentren las prestaciones a que tiene derecho dicho personal.












