PROGRAMA 3.2.- AYUDAS AL DISFRUTE DE APARTAMENTOS Y HOTELES DE VERANO
FINALIDAD:
Para paliar el déficit de plazas en las residencias del Cuerpo, el Servicio de Acción Social, gestiona y subvenciona, la contratación de apartamentos, hoteles y aparthoteles para disfrute del personal del Cuerpo en temporada veraniega, del 16 de junio al 16 de septiembre.
BENEFICIARIOS:
a) El personal de la Guardia Civil, que se encuentre en cualquiera de las situaciones administrativas, contempladas en el artÃculo 80 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.
b) Los miembros de la Fuerzas Armadas y personal civil, tanto funcionario como laboral, que presten servicio en la Unidades de la Guardia Civil.
c) El personal Retirado, Viudas/os y Huérfanas/os del Cuerpo, con derecho a pensión.
CUANTÃA DE LAS AYUDAS:
La cuantÃa de la subvención es del 50% del precio del establecimiento veraniego.
SOLICITUDES:
La forma de solicitar, el plazo de presentación, tramitación, documentación necesaria y método de adjudicación serán consignados en las respectivas Resoluciones que se publicarán sobre los meses de febrero o marzo.











