Transcribo algo que me parece algo más que una noticia de hace 6 años.
Es ejemplo de uno de los elementos más importantes de la Justicia: La sinceridad de una reflexión de la que ha quedado constancia en una Resolución judicial y que ha de servir para reconocer el mérito y respeto que merece de protección y garantÃa la profesión de Guardia Civil y Policia.
El Juez establece un razonamiento de conclusión que me parece plausible.
DeberÃa constituir auténtica Jurisprudencia haciendo comprender que a un Agente de la autoridad no hay que, por regla general, desatenderle en un Juzgado en el hecho que no son pocas las Sentencias en las que no hay un pronunciamiento tan claro y expreso como ésta de Granada.
Las descalificaciones son algo que un Agente de la autoridad no tiene que asumir como algo normal de su profesión y hay bastante grado de indiferencia en muchas de las Sentencias en las que se minimiza esta circunstancia considerando el menosprecio a Agente de la Autoridad como algo secundario y añadido.
Cito a continuación el texto publicado en http:// www.ruidos.org ( Abril-2000) :
Un juez de Granada multa a un joven que menospreció a un policÃa que le llamó la atención por orinar en la calle
Un juez de instrucción de Granada ha impuesto una multa de diez mil pesetas a un joven que menospreció a un policÃa nacional cuando la madrugada del pasado 8 de noviembre el agente le llamó la atención por orinar en la calle.
La sentencia, a la que ha tenido acceso, considera que la actitud "incÃvica" del joven y "el desprecio de las normas de la convivencia social" constituyen una falta de respeto y consideración debida a un agente de la autoridad.
Cuando el agente le reprochó su actitud de orinar "en plena vÃa pública", el joven Francisco L.C., según declara probado la sentencia, le dijo al policÃa que "le daba igual ya que su tÃo o su padre -cuya profesión no aclaró- le quitarÃan la denuncia".
Según la resolución del juez de instrucción 6 de Granada, Miguel Angel del Arco, "mear en la vÃa pública es una actitud no cÃvica, va contra la salud y puede herir la sensibilidad de los demás", especialmente cuando se realiza en "espacios comunes" a toda la ciudadanÃa.
"La sociedad -prosigue el juez- no puede delegar funciones en los servidores del orden público, que velan por la convivencia cÃvico-social para que sean desautorizados y vejados", y advierte de que "la falta de respaldo en el cumplimiento de la ley puede llevar al desánimo".
La sentencia proclama que la policÃa "ha recibido por delegación de la sociedad el cuidado del orden público" y "hacer cumplir las normas cÃvicas que faciliten la convivencia es su cometido y su responsabilidad












