AEGC esta inscrita con el nº 6 en el registro de asociaciones profesionales de la Dirección General de la Guardia Civil.
Portal
Portada • Foros • Normas • Fotografía • Enlaces • Descargas • Mi Correo • Registrarse • Buscar • Conectarse
Publicar Nuevo Tema  Responder al Tema Página 1 de 1
 
Denuncia Limitacion Moto [Descargar Tema]
Autor Mensaje

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Denuncia Limitacion Moto 
 
Una persona con carnet A, limitado, que la paramos con una motocicleta sin limitar, por que la denunciariamos...

Opción 1....R.G.CON,art 1.2 (400 euros)
"Conducir el vehículo reseñado careciendo del permiso de conducción correspondiente."

Opción 2...R.G.CON, art 2.3 (300 euros)
"Conducir el vehículo reseñado incumpliendo las condiciones restrictivas o menciones especiales que figuran en el permiso de conducción."

Normalmente aplicamos la opción 1, pero es que la opción 2, creo que es más correcta pues, el conductor si tiene carnet de motocicleta, solo que lo tiene restringido a motocicletas de cierta relción potencia/peso, por lo que denunciarlo por carecer no me parece lo más idóneo, ya que creo que eso es una condición restrictiva... haber que opináis.
  



Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Re: Denuncia Limitacion Moto 
 
Hola compañero, interesante cuestión. Tras investigar y recabar opiniones la verdad es que veo claramente que se le debería denunciar por la opción del artículo 2 del RGConductores ya que recoge como tu bien dices la conducta atípica y que en este caso es incumplir una condición restrictiva como es la limitación a la que hacer referencia. Esto mismo sucedería si paras a una persona que tiene en el permiso la restricción de la utilización de las gafas para conducir y vas y le sancionas por no poseer el permiso, parecería una tontería pero es lo mismo que en el caso que planteas. Bueno eso es lo que opinamos varios, jejeje. Un abrazo y sigue planteando cosillas que así nos ponemos al dia.
  



Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Re: Denuncia Limitacion Moto 
 
hola compañero, despues de leer tu post creo ( a mi modesta opinión ) que el articulo que mas se ajusta es el Art 1 Apar 2 Opcion 2a de CONDUCTORES -Conducir un vehiculo con un permiso o licencia que no le habilita para ello.(Debera concretarse el tipo de veículo y el permiso que posee el conductor) con un importe de 400 € y 4 puntos.

Creo que este articulo es el que mejor define tu infraccion pues si bien posee permiso de conducir, este no le hablita para conducir ese vehículo.

SALU2
  



Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Re: Denuncia Limitacion Moto 
 
camarada cartagena 21!!!!! en mi modesta opinion, creo, que lo correcto es la opcion A que planteas. puesto que carece del permiso de conduccion necesario. puesto que para una de mayor cilindrada, se tiene que sacar el carnet correspondiente a esa cilindrada. por lo que no tendria autorizacion. lo de la opcion B, las restricciones son referentes al uso de lentes o similares, que ademas suelen venir especificadas en el carnet rosa, el antiguo por la parte de atras. los nuevos no se como lo reflejan. espero haberte ayudado en algo, pero yo hubiera actuado como te digo. un saludo camarada , a cuidarse y suerte!!!!!!!!!!!!!!!!!
  



Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Re: Denuncia Limitacion Moto 
 
Hola compañeros!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Cartagena 21 plante una buena cuestion.
Yo personalmente aplicaria el articulo 1 apartado 2 opcion 2A "Conducir con un permiso o licencia que no le hablita para ello", sancion 400 euros y 4 puntos, como bien dice Lucifer. Para mi es lo que mas se ajusta a la infraccion ya que si fuera una restriccion,mencion o limitacion, deberia de figurar en los apartados correspondientes a las mismas y estar codificada(codigos). Segun los codigos que obran en mi poder y creo que los tengo todos, no existen ningun codigo ni nacional ni comunitario que haga referencia ha esa limitacion . Es por eso que le aplico este articulo en vez del articulo 2 apartado 3 opcion 1B.
Espero que mi criterio haya sido de ayuda.

Saludos
  



Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Re: Denuncia Limitacion Moto 
 
Lo correcto a tu respuesta es denunciar al Art. 1, apartado 2, opción 2A del RGCon. -Conducir un vehículo con permiso o licencia que no le habilita para ello.- Conduce una motocicleta de potencia superior a 25 KW. o una relación potencia/peso superior a 0,16 KW/Kg con menos de 2 años de antigüedad en el permiso de la clase "A" 4 puntos y 400€

Un caso parecido es el que conduce una motocicleta de las que autoriza la clase A1 con un permiso de la clase B con antigüedad inferior a los tres años. El conductor posee permiso de la clase B, pero la conducción de motocicletas que autoriza el permiso A1 queda supeditada a una antigüedad superior a los tres años en el permiso de la clase B.

SALUDOS  Wink
  




____________
F.A.T. FEDERACION DE AGENTES DE TRAFICO DE UnionGC
Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado Visitar sitio Web del Usuario

Responder Citando Descargar Mensaje
Mensaje Re: Denuncia Limitacion Moto 
 
Como bien dicen por ahi, se le aplica el art. 1-2-2a q es conducir un vehiculo con un pernmiso o licencia q no le habilita para ello, sin ninguna duda al respecto chavales.
  



Desconectado Ver perfil del usuario Enviar Mensaje Privado
Mostrar mensajes anteriores:
Publicar Nuevo Tema  Responder al Tema   Página 1 de 1
 

Usuarios navegando en este Tema: 0 Registrados, 0 Ocultos y 0 Invitados
Usuarios Registrados conectados: Ninguno


 
Lista de Permisos
No puede crear mensajes
No puede responder temas
No puede editar sus mensajes
No puede borrar sus mensajes
No puede votar en encuestas
No puede adjuntar archivos
Puede descargar archivos
Puede enviar eventos al Calendario



  

   

Mensaje del Equipo