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Derecho a la libertad, indemnización por daños morales. [Descargar Tema]
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Mensaje Derecho a la libertad, indemnización por daños morales. 
 
Tribunal Militar Central
Sentencia nº 67, de 20 de septiembre de 2000
Ponente: D. Jesús Palomino Yébenes.

Principio de legalidad, Derecho a la libertad, indemnización por daños morales.

Es recurso Contencioso-Disciplinario Militar Preferente y Sumario interpuesto por un Oficial de la Armada contra la sanción de diez días de arresto a cumplir en su domicilio, con perjuicio del servicio, impuesta al recurrente como autor de una falta leve de "negligencia en el cumplimiento de las obligaciones del destino o puesto", prevista en el apartado 1º del artículo 8º de la Ley Orgánica 12/1985, de 27 de noviembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Estima el recurso el Tribunal por cuanto se le ha impuesto la sanción en contra de lo legalmente dispuesto, o sea "con perjuicio del servicio", infringiéndose con ello el principio de legalidad del artículo 25 de la Constitución.

Estima igualmente el Tribunal la pretensión indemnizatoria del demandante basada en la aflicción moral que le ha ocasionado la sanción impuesta, decisión que fundamenta la Sala de Justicia en los artículos 106.2 CE y 469 de la Ley Procesal Militar, así como en una copiosa jurisprudencia, difiriendo su cuantificación al período de ejecución de sentencia.

Artículo 106.2 de la Constitución española

Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

Artículo 469. de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.

El demandante podrá pretender la declaración de no ser conformes a Derecho y, en su caso, la anulación de la sanción según el Capítulo precedente. Además, podrá pretender el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas adecuadas para el pleno restablecimiento de la misma, entre ellas la indemnización de los daños y perjuicios, cuando proceda.
  



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