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DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES [Descargar Tema]
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Mensaje DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
Tengo el honor de recuperar este mensaje de un amigo en estas fechas tan señaladas, asi ke ahi va....



NO HAY LEGISLACIÓN QUE REGULE LAS DESPEDIDAS, NI PRESENTACIONES.

Me explico, esta es la conclusión a la que yo llegue en mi último cambio de destino .... Tras varias consultas (Mi asociacion y Oficina de Atencion al Guardia), oir diversidad de opiniones de distintos compañeros .... NINGUNO, repito NINGUNO, me pudo remitir a la legislación QUE POR FUERZA debe regular este acto ... paso a explicarme.

NO existe ninguna norma (Que yo sepa, y la gente que me informó tampoco), que regule el tema de las presentaciones, pues si existiera debería establecer cuando, como, y en que forma debería producirse.

Debemos dirigirnos a lo dispuesto en los Arts 309-316 de las RR.OO del EJERCITO DE TIERRA para encontrar, LO QUE A TODOS NOS ENSEÑARON en nuestra amada academia. (Benemerita Cunae)

Correcto, a mi modesto entender ESTA NORMA NO NOS REPERCUTE EN LO MÃS MÃNIMO, por los siguientes motivos:

LEY 42/1999, Art 91.- "Los guardias civiles tendrán los derechos y estarán sujetos a las obligaciones señaladas en la Ley Orgánica 2/1986...Ley Orgánica 11/1991...en la presente Ley...Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas en lo que resulten aplicables...leyes penales militares ...."

Lo cual quiere decir que es aplicable lo que digan las RR.OO.FAS, que en NINGUN MOMENTO define lo que es la presentación, o despedida.

LEY 85/78, Disposicion Final Segunda.- "Se autoriza al Gobierno a dictar, en el desarrollo de las presentes Ordenanzas, las disposiciones necesarias para adecuar a los principios generales de esta Ley las normas de vida de las unidades militares y el ejercicio de los deberes y derechos individuales."

NO EXISTE ningun Real Decreto que adecue los principios generales de la 85/78 a la Guardia Civil, POR LO TANTO NO ES DE APLICACION lo dispuesto en las REALES ORDENANZAS DEL EJEERCITO DE TIERRA, nosotros (lo dice la Ley de Personal), somos MILITARES DE CARRERA DE LA GUARDIA CIVIL, no de ningun otro Cuerpo, y mucho menos EJERCITO.


CONCLUSION: Salvo que lo prevea alguna NORMA DE RÉGIMEN INTERIOR, o bien te sea ORDENADO (= Servicio con papeleta), NO TIENES NINGUNA OBLIGACIÓN LEGAL DE PRESENTARTE O DESPEDIRTE.

Y si alguien piensa lo contrario, por favor agradeceria me razonase lo expuesto desde el punto de vista de la legalidad vigente.

Un saludo. Juan.


En su dia yo tambien movi el tema este y no encontre nada referente a las despedidas y presentaciones por lo ke apoyo en todo lo anteriormente expuesto.



CUAL SERA EL SIGUIENTE PASO????


HACER CUMPLIR LA LEY Y LIBRARNOS DE ESTOS MANGARRANAS.
  



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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
Mira acabo de sacar esto de las circulares de esta página, por lo que algo, aunque muy muy antiguo existira.

ORDEN MINISTERIAL 56/89, de 4 de julio, por el que se regula la utilización del uniforme de diario en presentaciones, despedidas y comisiones y actos militares y sociales de especial relevancia o significado.


El anexo aprobado por la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero, por la que se regula la denominación, composición y utilización de los uniformes en las Fuerzas Armadas establece en su norma segunda, apartado b), las ocasiones en que será de utilización el uniforme de diario, mientras no se preceptúe concretamente otro. En este sentido parece aconsejable establecer algunas precisiones en la utilización de este uniforme para presentaciones, despedidas y comisiones y actos militares y sociales de especial relevancia o significado.

En su virtud, a propuesta de los Jefes de los Estados Mayores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire,


D I S P O N G O:


Primero.

En comisiones y actos militares y sociales de especial relevancia o significado para los que sea preceptiva la asistencia con uniforme de diario en sus modalidades A ó B, por el Jefe de la Unidad o Centro correspondiente, o Autoridad Superior, podrá ordenarse el uso de la camisa, corbata y guantes señalados para el uniforme de gala y, en su caso, de las fajas de Oficial General y de diplomado de Estado Mayor del Ejército de Tierra. En la modalidad B podrá, no obstante, suprimirse el uso de los guantes.

El uso de todas estas prendas será preceptivo para presentaciones y despedidas.

Segundo.

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Defensa".


Madrid, 4 de julio de 1989.
Narcis Serra i Serra.

  Un saludo HARRY
  



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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
Pues yo creo ke no hay nada actualmente y si lo hay no estara en vigor.

Hace poco se marcho uno sin despedirse y no le corrigieron, kiero pensar ke fue  por ke no encontraron como.
  



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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
hola. yo estoy de baja con cambio de residencia y paso destinado. la cuestion es ke yo no kiero despedirme, paso olimpicamente de ver a nadie alli. tengo ke entregar un par de cosas, pero eso supongo ke se podra hacer mediante escrito o como sea sin ke yo pise el puesto.

entonces, he llamado a la oficina de atencion al guardia y me han dicho ke viene regulado en las ordenanzas de Tierra. y para mas inri mi teniente me ha llamado para ke me despida mañana (mañana imposible vivo a 1000kms y como ya he dicho estoy de cambio de residencia por baja)

voy a leerme las ordenanzas a ver ke dicen.  y acepto comentarios, mañana hablare con una abogada a ver si sabe algo del tema.

saludos
  




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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
REALES ORDENANZAS DEL EJÉRCITO DE TIERRA

Artículo 306

    Todo militar, con motivo de su incorporación, cese o ausencia temporal del destino, ascenso, cambio de situación o realización de comisiones se presentará a sus superiores para ponerse a sus órdenes o despedirse, de acuerdo con lo que se detalla en el presente Titulo.


bueno poner pone eso, pero realmente nos afecta?  vaya lio.
  




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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
bueno a ver. he dao muchas vueltas y lo unico ke saco en claro es ke estar de baja no exime de citaciones y acudir a actos (siempre ke no haya informe medico al contrario) y efectivamente de las presentaciones solo se habla en las ordenanzas de tierra.  asi ke creo ke muy a mi pesar hay ke acudir a despedirse.  
conclusion, esto es aun mas una puta mierda Very Happy
  




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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
pues la verdad ke releyendolo todo bien. si en las rofas no pone nada pero si lo pone en las de tierra esto es un caos. llamen al ekipo A   Laughing
  




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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
Pues yo creo ke esta claro en el mensaje anterior de Luz y Juan en el ke dice ke no nos afectan las RROO de el ejecito de tierra, pero eso ya es decision de cada uno.

Por cierto , poniendo ke tuviese ke despedirme lo haria con papeleta de servicio y vehiculo oficial por descontado.
  



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Mensaje Re: DESPEDIDAS Y PRESENTACIONES 
 
pues no se. yo he preguntao y segun el abogado las ro de tierra si nos afectan, hablan de cualkier militar no dicen mas.  yo creo ke si fuera tan "facil"  como decis   el abogado lo tendria bastante claro tambien.  si las ro de tierra no nos son de aplicacion ke coño pintan en la mesa de un brigada de la oficina de personal de una comandancia?  

otra cosa. si te ordenan verbalmente presentarte en la oficina y esa orden esta dentro de la legalidad  no hay ke cumplir esa orden?  otra cosa seria el ir de uniforme o no, tema ke me jode no haber movido antes pero bueno.  yo opino ke si te ordenan ir  y no vas te pueden meter una buena. ("no somos nada" ke dijo akel...) y luego a recurrir....      nose, yo sigo diciendo ke si estuviera tan claro eso el abogao ke lleva años en esto no hubiera cogido el libro de las r.o.
  




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