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DUDAS ACERCA DEL PERMISO DE INCORPORACIÓN [Descargar Tema]
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Mensaje DUDAS ACERCA DEL PERMISO DE INCORPORACIÓN 
 
Hola a todos, me gustaría saber que ocurre si una vez se tiene concedido un permiso ordinario y aún no se ha empezado a disfrutar sales destinado a otra unidad. ¿Es necesario solicitar que se pare el ordinario o directamente comienza el de incorporación?. Por otro lado tengo otra duda, Tengo pensado hacer un viaje fuera del territorio nacional y muy posiblemente podría darse la circunstancia de que para las fechas en las que tenía pensado hacerlo esté disfrutando del permiso de incorporación. ¿Que problematica se me podría presentar por este motivo?. Me gustaría que me dijeseis a donde me debo de dirigir para ver la orden general que regule todo esto. Gracias y Felices Fiestas a todos.
  



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Mensaje Re: DUDAS ACERCA DEL PERMISO DE INCORPORACIÓN 
 
creo que automaticamente empieza el de incorporacion, y creoo tb que duurante los 3 primeros mese no vas a poder disfrutar de permiso ordinario , salvo que lo solicites al jefe de la comandancia exponiendo que no hay perjuicio para el servicio, el dichoso servicio...un saludo
  



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Mensaje Re: DUDAS ACERCA DEL PERMISO DE INCORPORACIÓN 
 
Me sumo a lo escrito por el compañero para comunicarte que es cierto que durante los tres primeros meses  después de tu incorporación no puedes solicitar permiso ordinario ,así mismo ,pongo en tu conocimiento que para cualquier salida al extranjero tienes que solicitar permiso, que en raras ocasiones denegan. El permiso de incorporación minimo es de diez dias ,el resto a criterio del jefe de puesto, que te lo puede dar en tres meses o eso creo.
  



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Mensaje Re: DUDAS ACERCA DEL PERMISO DE INCORPORACIÓN 
 
a ver, solo hay obligacion de comunicar la salida, con al menos 7 dias de antelacion, y no te lo pueden negar, salvo que lo solicites mas tarde...una movida muy rara...y que no tienen nuestros compañeros polcias por no estar sujetos a regimen militar
  



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Mensaje Re: DUDAS ACERCA DEL PERMISO DE INCORPORACIÓN 
 
Si estas disfrutando permiso ordinario, se suspende el mismo. Lo que tu llamas permiso de incorporación no existe, es el tiempo que te dán para trasladarte a tu nuevo destino no es un Permiso, lo que ocurre que nos lo tomamos como tal y agotamos los treinta días. Leer bien la orden que lo regula. Una vez en tu nuevo destino tienes que esperar tres meses para disfrutar permio ordinario. En el supuesto que sea a final de año y no lo as podido disfrutar, puedes dirigir una instancia al Director General, solicitando la acumulación de lo no disfrutado. Leamos las ordenes y miremos en Intranet que vien todo- Saludos cordiales compañeros.-
  



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