EJERCICIOS DE TIRO
Dossier enviado al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y Director General de la Guardia Civil
DOSSIER
EJERCICIOS DE TIRO
Esta Asociación, que tiene una especial preocupación por todas las situaciones que padecen los/as agentes de la Guardia Civil que afectan o pueden afectar a su salud, ha detectado una serie de problemas desde su punto de vista gravísimos en la realización de los ejercicios de tiro que obligatoriamente deben realizar los miembros de la Guardia Civil.
La L.O. 2/86 de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado recoge entre los principios básicos de actuación el empleo de las armas estableciendo los límites de su uso. La misma Ley indica que la formación y perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán carácter profesional y permanente. Ello implica que es preciso la necesidad de alcanzar un nivel mínimo de pericia en el manejo de las armas y por ende todos los miembros de la Guardia Civil están obligados a llevar a cabo periódicamente unos Ejercicios de Tiro. Ejercicios que aparecen regulados por la propia Dirección General de la Guardia Civil en la Orden General nº 9.
Pues bien, se ha venido realizando durante el presente año un sondeo sobre las condiciones en las que se realizan los ejercicios de tiro, y aún sabiendo esta asociación que carecen del rigor de las técnicas estadísticas, creemos que sí son significativas y muestran indicios serios y suficientes sobre las pésimas condiciones en las que se llevan a cabo los ejercicios de tiro. En definitiva proporcionan una idea bastante aproximada de la forma en que se hacen los ejercicios de tiro.
Estos son los datos extraídos respecto a la realización de 65 ejercicios de tiro (aunque probablemente sean más, preferimos interpretar los datos de la forma más restrictiva posible):
- De 65 ejercicios de tiro realizados, 37 se han realizado en campos de tiro, el resto en su mayoría en canteras o terrenos rurales privados.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, la distancia que separaba el lugar donde se realizaba y el centro médico más cercano oscilaba entre los 2 y 80 kilómetros.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, 40 se han realizado sin ambulancia de ningún tipo, 1 con ambulancia asistencial, y 20 con ambulancia no asistencial, en 4 no se hace referencia a este extremo.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, 35 no han contado con ninguna presencia ni de enfermero ni de médico, 12 han contado con la asistencia exclusiva de un médico, 14 han contado con la asistencia exclusiva de un enfermero y en 4 ocasiones no se contesta a este extremo.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, en 27 no existen o no se facilita los protectores de oídos, en 19 sí existen y 19 ejercicios no existen los suficientes.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, en 58 ejercicios no existen los protectores de ojos, en 4 no en cantidad suficiente, en 2 no se contesta a este extremo.
- De 65 ejercicios realizados, en 18 ejercicios las condiciones del lugar son calificadas como buenas, en 36 las condiciones son calificadas como malas, en 11 no se contesta.
- De 65 ejercicios realizados, en 30 ejercicios hay rebotes.
- De 65 ejercicios realizados, en 33 ejercicios hay piedras en la línea de tiro.
- De 65 ejercicios realizados, en 30 hay piedras en el blanco.
De estos datos se infieren las condiciones de seguridad en las que llevan a cabo los ejercicios de tiro y las posibles consecuencias respecto a la integridad corporal de los/as agentes de la Guardia Civil. En primer lugar es cierto que en la mayoría de los ejercicios los centros médicos no están demasiado lejos, aunque también lo es que cuando decimos centros médicos en muchas ocasiones no estamos refiriendo a un simple ambulatorio.
En todo caso en determinados accidentes que se pudieran producir con armas de fuego resulta indiscutible que la intervención de un equipo médico con inmediatez es vital para salvar la vida o minimizar las secuelas de un lesionado. Pues bien, en treinta y cinco ejercicios no ha habido asistencia de personal sanitario de ningún tipo, en doce sólo ha asistido un médico y en catorce sólo un enfermero. Si esta circunstancia se entrelaza a que en cuarenta ejercicios no ha habido ningún tipo de ambulancia, la conclusión es más que evidente: la salud e integridad de los/as agentes de la Guardia Civil se pone en peligro no ya sólo en su trabajo cotidiano sino en ejercicios que deberían carecer de riesgos innecesarios.
Hay otros aspectos dignos de reseñar aunque menos graves que los expuestos en el apartado anterior. Se ha puesto de manifiesto que no existen equipos de protección individual para la realización de los ejercicios de tiro. Especialmente alarmante es el hecho de que en un sólo ejercicio de tiro se facilitaran protectores de ojos y tampoco resulta muy prometedor que en veintisiete ejercicios se careciera de protectores de oídos. Nos consta inclusive que se consta de un solo protector de oídos. Esta circunstancia unida a que la mayoría de los ejercicios de tiro se han realizados en lugares cuyas condiciones son calificadas de malas, en los que hay rebotes, piedras en la línea de tiro y en el blanco, incrementa aún más el riesgo de accidentes que provoquen pérdida de visión o lesiones más graves que serían fácilmente evitables.
Esta escasez de medios provoca sin lugar a dudas una merma en las facultades auditivas y un riesgo innecesario respecto a los ojos y oídos de los/as agentes que realizan los ejercicios y un detrimento de su salud que se irá manifestando de manera progresiva.
Al margen de esto y digno de mención se ha detectado, aunque evidentemente este extremo no puede ser probado, cierto desprecio respecto a las solicitudes de las medidas de seguridad en el sentido de que cuando son requeridas parece que se acusa al/a solicitante de “cierta debilidad de carácter”.
Por último, la única normativa que viene a regular los Ejercicios de Tiro es la Orden General núm. 9 de 10.07.95, Orden de por sí ciertamente escueta y que además en todo caso es manifiestamente incumplida en las Unidades del Cuerpo, sobre todo en cuanto a los medios para la ejecución de los ejercicios, la medidas de seguridad y las condiciones de los campos de tiro.
Consideramos desde la A.U.G.C. (Coproper), que ante todo debe garantizarse que los ejercicios de tiro no pongan en peligro ni la vida ni la integridad personal de los/as agentes de la Guardia Civil, y que es necesario que se realicen ejercicios de tiro de calidad, que capaciten realmente a los/as agentes de la Guardia Civil. “Saber tirar” es importante tanto para la defensa e integridad de los/as agentes de la Guardia Civil en una situación de peligro, como para minimizar los riesgos sobre la integridad física de un presunto delincuente así como para terceros.
Por todo ello,
SOLICITAMOS que adopte V.E., aquellas medidas necesarias tendentes para acabar con la inseguridad de los campos de tiros existentes en todo el territorio español y de una vez por todas garantizar la integridad física de los agentes.
AL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES- INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
D. en nombre y representación de la LA ASOCIACIÓN UNIFICADA DE GUARDIAS CIVILES CONTRA LA CORRUPCIÓN Y POR EL PROGRESO (COPROPER-6J), con domicilio en ....... y en cumplimiento del artículo 8 de sus Estatutos presenta el siguiente ESCRITO, poniendo en conocimiento de ese Instituto los siguientes HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS:
PRIMERO.- Esta Asociación, que tiene una especial preocupación por todas las situaciones que padecen los/as agentes de la Guardia Civil que afectan o pueden afectar a su salud, ha detectado una serie de problemas desde su punto de vista gravísimos en la realización de los ejercicios de tiro que obligatoriamente deben realizar los miembros de la Guardia Civil.
SEGUNDO.- La L.O. 2/86 de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado recoge entre los principios básicos de actuación el empleo de las armas estableciendo los límites de su uso. La misma Ley indica que la formación y perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán carácter profesional y permanente. Ello implica que es preciso la necesidad de alcanzar un nivel mínimo de pericia en el manejo de las armas y por ende todos los miembros de la Guardia Civil están obligados a llevar a cabo periódicamente unos Ejercicios de Tiro. Ejercicios que aparecen regulados por la propia Dirección General de la Guardia Civil en la Orden General nº 9.
Pues bien, se ha venido realizando durante el presente año un sondeo entre los Guardias Civiles sobre las condiciones en las que se realizan los mencionados Ejercicios de Tiro, y aún sabiendo esta asociación que carecen del rigor de las técnicas estadísticas, creemos que sí son significativas y muestran indicios serios y suficientes sobre las pésimas condiciones en las que se llevan a cabo los mismos. En definitiva proporcionan una idea bastante aproximada de la forma en que se hacen los ejercicios de tiro.
TERCERO.- Estos son los datos extraídos respecto a la realización de 65 ejercicios de tiro (aunque probablemente sean más, preferimos interpretar los datos de la forma más restrictiva posible):
- De 65 ejercicios de tiro realizados, 37 se han realizado en campos de tiro, el resto en su mayoría en canteras o terrenos rurales privados.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, la distancia que separaba el lugar donde se realizaba y el centro médico más cercano oscilaba entre los 2 y 80 kilómetros.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, 40 se han realizado sin ambulancia de ningún tipo, 1 con ambulancia asistencial, y 20 con ambulancia no asistencial, en 4 no se hace referencia a este extremo.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, 35 no han contado con ninguna presencia ni de enfermero ni de médico, 12 han contado con la asistencia exclusiva de un médico, 14 han contado con la asistencia exclusiva de un enfermero y en 4 ocasiones no se contesta a este extremo.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, en 27 no existen o no se facilita los protectores de oídos, en 19 sí existen y 19 ejercicios no existen los suficientes.
- De 65 ejercicios de tiro realizados, en 58 ejercicios no existen los protectores de ojos, en 4 no en cantidad suficiente, en 2 no se contesta a este extremo.
- De 65 ejercicios realizados, en 18 ejercicios las condiciones del lugar son calificadas como buenas, en 36 las condiciones son calificadas como malas, en 11 no se contesta.
- De 65 ejercicios realizados, en 30 ejercicios hay rebotes.
- De 65 ejercicios realizados, en 33 ejercicios hay piedras en la línea de tiro.
- De 65 ejercicios realizados, en 30 hay piedras en el blanco.
CUARTO.- De estos datos se infieren las condiciones de seguridad en las que llevan a cabo los ejercicios de tiro y las posibles consecuencias respecto a la integridad corporal de los/as agentes de la Guardia Civil. En primer lugar es cierto que en la mayoría de los ejercicios los centros médicos no están demasiado lejos, aunque también lo es que cuando decimos centros médicos en muchas ocasiones no estamos refiriendo a un simple ambulatorio.
En todo caso en determinados accidentes que se pudieran producir con armas de fuego resulta indiscutible que la intervención de un equipo médico con inmediatez es vital para salvar la vida o minimizar las secuelas de un lesionado. Pues bien, en treinta y cinco ejercicios no ha habido asistencia de personal sanitario de ningún tipo, en doce sólo ha asistido un médico y en catorce sólo un enfermero. Si esta circunstancia se entrelaza a que en cuarenta ejercicios no ha habido ningún tipo de ambulancia, la conclusión es más que evidente: la salud e integridad de los/as agentes de la Guardia Civil se pone en peligro no ya sólo en su trabajo cotidiano sino en ejercicios que deberían carecer de riesgos innecesarios.
QUINTO.- Hay otros aspectos dignos de reseñar aunque menos graves que los expuestos en el apartado anterior. Se ha puesto de manifiesto que no existen equipos de protección individual para la realización de los ejercicios de tiro. Especialmente alarmante es el hecho de que en un sólo ejercicio de tiro se facilitaran protectores de ojos y tampoco resulta muy prometedor que en veintisiete ejercicios se careciera de protectores de oídos. Nos consta inclusive que se consta de un solo protector de oídos. Esta circunstancia unida a que la mayoría de los ejercicios de tiro se han realizados en lugares cuyas condiciones son calificadas de malas, en los que hay rebotes, piedras en la línea de tiro y en el blanco, incrementa aún más el riesgo de accidentes que provoquen pérdida de visión o lesiones más graves que serían fácilmente evitables.
Esta escasez de medios provoca sin lugar a dudas una merma en las facultades auditivas y un riesgo innecesario respecto a los ojos y oídos de los/as agentes que realizan los ejercicios y un detrimento de su salud que se irá manifestando de manera progresiva.
Al margen de esto y digno de mención se ha detectado, aunque evidentemente este extremo no puede ser probado, cierto desprecio respecto a las solicitudes de las medidas de seguridad en el sentido de que cuando son requeridas parece que se acusa al/a solicitante de “cierta debilidad de carácter”.
SEXTO.- Por último, la única normativa que viene a regular los Ejercicios de Tiro es la Orden General núm. 9 de 10.07.95, Orden de por sí ciertamente escueta y que además en todo caso es manifiestamente incumplida en las Unidades del Cuerpo, sobre todo en cuanto a los medios para la ejecución de los ejercicios, la medidas de seguridad y las condiciones de los campos de tiro.
Consideramos desde la A.U.G.C. que ante todo debe garantizarse que los ejercicios de tiro no pongan en peligro ni la vida ni la integridad personal de los/as agentes de la Guardia Civil, y que es necesario que se realicen ejercicios de tiro de calidad, que capaciten realmente a los/as agentes de la Guardia Civil. “Saber tirar” es importante tanto para la defensa e integridad de los/as agentes de la Guardia Civil en una situación de peligro, como para minimizar los riesgos sobre la integridad física de un presunto delincuente así como para terceros.
Por todo ello,
SOLICITAMOS A ESTE ORGANISMO, que tenga por presentado este escrito, y tras los trámites legales oportunos, se admitido este ESCRITO, y se promueva la oportuna investigación. En .....













