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OG 1 de 2007 Modificación OG 10 supresion E 7 Plana Trafic [Descargar Tema]
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Mensaje OG 1 de 2007 Modificación OG 10 supresion E 7 Plana Trafic 
 
Orden General número 1, dada en Madrid el día 9 de enero de 2007

ASUNTO: Modificación de la Orden General número 10, de 16 de junio de 2006, de regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del servicio.

Todo el personal que integra los sectores y subsectores de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil tiene la habilitación
necesaria para desempeñar los cometidos propios de la vigilancia y regulación del tráfico, tanto si habitualmente presta
servicio en carretera como si desempeña funciones logísticas o administrativas.

Esto permite, en los momentos de mayor demanda de servicio, maximizar los efectivos que sobre las carreteras trabajan
por la seguridad vial de nuestros conciudadanos.
No obstante, es evidente que servicios como la regulación o la vigilancia del tráfico suponen una mayor exigencia para
el personal que los relacionados con funciones logísticas o administrativas.
Razones de justicia obligan a distinguir ambos niveles de exigencia y, en su consecuencia, diferenciar retributivamente la
prestación habitual de la esporádica de los cometidos antes aludidos.
Esta diferenciación se pretende alcanzar por medio de la inclusión de todo el personal en el tipo de productividad funcional,
el cual se articula en dos niveles que se asignan de modo automático en función de los servicios prestados cada mes
por el agente.
Por último es necesario destacar que esta modificación se enmarca en el proceso de optimización y mejora del sistema
de incentivos al rendimiento que prevé la propia norma que lo implantó, la Orden General 10/2006, de 16 de junio.
En su virtud, DISPONGO:
Artículo único: Modificación de la Orden General número 10 de 16 de junio de 2006.
ANEXO II

En la modalidad E7 del cuadro de dicho anexo se suprime el séptimo apartado que dice: “Personal de PLM de sectores
y subsectores de tráfico que realiza funciones administrativas”.

Las modificación establecida en la presente orden general será de aplicación a los servicios que se presten a partir del uno
de febrero de 2007.


EL DIRECTOR GENERAL,
JOAN MESQUIDA FERRANDO
  



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