Orden General número 11, dada en Madrid el dÃa 19 de abril de 1968 (BOC de mayo)
ASUNTO.- Creación de la "REVISTA DE ESTUDIOS HISTÓRICOS DE LA GUARDIA CIVIL".
La superioridad ha tenido a bien autorizar la creación y publicación, por el Servicio Histórico del Cuerpo, de la "REVISTA ESTUDIOS HISTÓRICO DE LA GUARDIA CIVIL" que se editará semestralmente y tendrá como finalidades más importantes publicar aquellos trabajos de carácter histórico que por su extensión limitada no den para una monografÃa; destacar y difundir determinados episodios poco conocidos de la historia del Cuerpo; estimular a los colaboradores, de lo que será en el futuro la "Historia de la Guardia Civil", a que publiquen trabajos relacionados con esta materia, y descubrir personal con vocación literaria para nuestra historia militar.
Por todo ello, se hace necesario dar unas instrucciones generales en relación con su organización, administración y colaboraciones.
A tal efecto, he tenido a bien disponer:
1.- ORGANIZACIÓN
Dependiente de la Comisión Directiva de Estudios Históricos de la Guardia Civil, creada por Orden General número 32, de 18 de octubre de 1963, queda constituido el
1,1.- Consejo de Redacción de la Revista
Estará compuesto por:
- PRESIDENTE: Un General del Cuerpo, a designar por mi Autoridad, a propuesta de la Comisión Directiva de Estudios Históricos.
- VOCALES: Dos Jefes del Cuerpo, a designar por mi Autoridad, a propuesta de la Comisión Directiva de Estudios Históricos; y el Secretario de la misma.
- SECRETARIO: Jefe del Negociado de Estudios Históricos.
1.2.- Dirección de la Revista
La Dirección de la Revista será ejercida por el Jefe del Negociado de Estudios Históricos.
2.- ADMINISTRACIÓN
2.1.-Dependencia administrativa
Económicamente dependerá de la Revista "GUARDIA CIVIL', Costanilla de los Angeles, número 11, MADRID.
2.2.- Suscripciones
La suscripción a la Revista será obligatoria para los escalones Zona, Tercio, Comandancia y CompañÃa; Centros y Unidades independientes; Agrupación, Sectores y Subsectores de Tráfico, como tales Unidades y no a tÃtulo personal; si bien podrán hacerlo voluntariamente los organismos y personal, tanto civil como militar, que lo desee.
2.3.-Precio
El precio de cada número de la Revista se fija en la cantidad de 40 pesetas.
3.- COLABORACIONES
3.1.-Colaboradores
Podrán colaborar en la "REVISTA DE ESTUDIOS HISTÓRICOS DE LA GUARDIA CIVIL" todo el personal del Cuerpo, cualquiera que sea su empleo, escala o situación, y los demás escritores civiles o militares que se interesen por los temas históricos relacionados con la Guardia Civil.
3.2.-Recepción de colaboraciones
Los trabajos destinados a la "Revista de Estudios Históricos de la Guardia Civil" deberán ser remitidos al Negociado de Estudios Históricos del Cuerpo (Dirección General), el cual emitirá informe al Consejo de Redacción de la Revista, que resolverá si procede su admisión tal y como son enviados por sus autores.
3.2.- Condiciones que han de reunir los trabajos
Dada la importancia de la Revista, los trabajos habrán de tener normalmente una extensión mÃnima de quince folios escritos a dos espacios, por una sola cara y acompañando, siempre que se pueda, nota de la bibliografÃa utilizada en la investigación, asà como ilustraciones o documentos gráficos del tema desarrollado, si se poseen, para su publicación. Los trabajos deberán ir firmados con el nombre del autor o utilizar seudónimo si lo prefieren. En todos los casos se acompañará carta con las señas completas y destino del firmante. Los trabajos que no vayan a ser publicados serán devueltos a sus autores.
Lo que se publica en la de este dÃa para general conocimiento y cumplimiento.
EL TENIENTE GENERAL, DIRECTOR GENERAL,
ANTONIO CORES














