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O.G.nº13_2003_Org. de la Jefatura de asistencia al Personal [Descargar Tema]
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Mensaje O.G.nº13_2003_Org. de la Jefatura de asistencia al Personal 
 
Orden General número 13, dada en Madrid el día 11 de junio de 2003 (BOC 1ÃNDICE


ASUNTO: Organización de la Jefatura de Asistencia al Personal.

Preámbulo

La Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de octubre de 2001, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, en concordancia con el artículo 4, apartado 7 del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, establece la organización y funciones de las distintas Unidades y Servicios que la integran, incluyendo a la Jefatura de Asistencia al Personal entre las que dependen de la Subdirección General de Personal.

La citada orden en su disposición final primera faculta al Director General de la Guardia Civil a dictar las resoluciones necesarias para su ejecución.

En su virtud he tenido a bien disponer:

Primero. Organización.

1. La Jefatura de Asistencia al Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil, es el órgano responsable de organizar, dirigir, coordinar y gestionar la acción social y la asistencia sanitaria y psicológica al personal destinado en la Dirección General de la Guardia Civil.

2. El General Jefe de Asistencia al Personal ejercerá, sobre el personal destinado o en comisión de servicio en los Órganos, Servicios y Unidades que de él dependen, las mismas atribuciones que las disposiciones vigentes conceden a los Generales Jefes de Zona en materia de personal, servicios y disciplina.

3. La Jefatura de Asistencia al Personal contará con una Secretaría como órgano de apoyo inmediato al General Jefe.

A la Secretaría, al mando de un Comandante de la Guardia Civil en situación de servicio activo le corresponde:

- Auxiliar al General Jefe en el desempeño de sus funciones.

- Controlar el registro, archivo y distribución de la correspondencia de la Jefatura de Asistencia al Personal.

- Proporcionar los elementos de juicio necesarios para fundamentar sus decisiones, traduciendo éstas en órdenes y velando por su cumplimiento.

4. De la Jefatura de Asistencia al Personal dependen los siguientes Servicios:

a) Servicio de Acción Social.

b) Servicio de Asistencia Sanitaria.

c) Servicio de Psicología y Psicotecnia.

5. Las sustituciones del Jefe de Asistencia al Personal se efectuarán por los titulares de los Servicios, pertenecientes al Cuerpo de la Guardia Civil, de acuerdo con el criterio de mayor empleo y antigüedad en él.

6. Estará adscrito a la Jefatura de Asistencia al Personal el Coronel de la Guardia Civil Delegado en el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (I.S.F.A.S.).

Segundo. Servicio de Acción Social.

1. El Servicio de Acción Social, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano encargado del impulso, la planificación, gestión y coordinación de la acción social en la Guardia Civil. Sus cometidos fundamentales son :

- Elaborar el plan anual de acción social.

- Diseñar e impulsar programas asistenciales.

- Gestionar las peticiones de asistencia que reciban a través de sus Delegaciones o Subdelegaciones de Acción Social.

- Coordinar las actividades de acción social, cuando las mismas abarquen el ámbito territorial de varias Delegaciones.

- Proponer el establecimiento de los mecanismos de cooperación con otras instituciones que trabajen en el ámbito de la asistencia social.

- Elaborar la Memoria anual, en la que se recogerán las actividades más relevantes que se hayan realizado durante el año, en el ámbito de la Acción Social.

2. En las Unidades periféricas de la Dirección General existirán a nivel Zona, una Delegación de Acción Social, como órgano auxiliar de los Jefes de las mismas, en el campo de la Acción Social. A nivel Comandancia, así como en los Centros de Enseñanza que se determinen, existirá una Subdelegación de Acción Social, que desplegará sus cometidos respecto de todo el personal destinado en la demarcación territorial de éstas así como del personal retirado, viudo o huérfano residente en la demarcación de la Unidad. El personal de estas Unidades tendrá las siguientes dependencias:

- Orgánica: De los Jefes de Unidad en que se encuentren destinados.

- Técnica: De la Jefatura de Asistencia al Personal, a través de la Jefatura del Servicio de Acción Social

- Funcional: De la Jefatura de Asistencia al Personal, a través de la Jefatura del Servicio de Acción Social.

Tercero. Servicio de Asistencia Sanitaria.

1. El Servicio de Asistencia Sanitaria, al mando de un Coronel de la Escala Superior del Cuerpo Militar de Sanidad en situación de servicio activo, es el órgano encargado de la gestión, administración y control de las actuaciones en relación con la salud del personal en los campos operativo-logístico, ocupacional y asistencial, además del ejercicio de la inspección médica y de la inspección bromatológica, así como asesorar a los Servicios de Prevención de Riesgos Profesionales sobre las materias que sean de su competencia. Sus cometidos fundamentales son:

- Realizar las actividades de asistencia sanitaria que contribuyan a mejorar la salud y condiciones de higiene en la prestación de los servicios.

- Ejercitar la inspección médica, al amparo de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto 2330/78, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.

- Llevar a cabo los reconocimientos médicos preventivos, periódicos o especiales.

- Prevenir la difusión de las enfermedades transmisibles, mediante las campañas de vacunación que se establezcan al respecto.

- Desarrollar los Planes y Campañas de salud, que contribuyan a mejorar la salud de los componentes del Cuerpo.

- Realizar el control higiénico-sanitario de dependencias y locales.

- Difundir normas de educación sanitaria entre el personal del Cuerpo.

- Efectuar las conclusiones sobre morbilidad y siniestrabilidad, en función de los índices estadísticos remitidos a los Servicios Centrales por los Servicios Médicos de las Unidades.

- Tramitar las actividades administrativas para el control de las bajas médicas por motivos de salud.

- Garantizar la confidencialidad de los datos individualizados relacionados con la salud del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

- Colaborar con otros Servicios e instituciones para lograr el mayor grado posible de protección de la salud.

- Elaborar la Memoria anual, en la que se recogerán las actividades más relevantes que se hayan realizado durante el año, en el ámbito de la asistencia sanitaria al personal.

2. En las Unidades periféricas de la Dirección General existirán los Servicios Médicos de Zona, Comandancia o Unidad independiente, que prestarán el asesoramiento necesario a los Jefes de las mismas, al objeto de conseguir la optimización de los recursos personales disponibles en cada momento, así como llevar a cabo las actuaciones tendentes a conseguir la misión del Servicio de Asistencia Sanitaria, en su ámbito territorial de competencias, desplegando su actividad entre el personal destinado en la demarcación territorial de las mismas o que fije su residencia temporal en ellas. El personal de estas Unidades tendrá las siguientes dependencias:

- Orgánica: De los Jefes de Unidad en que se encuentren destinados.

- Técnica : De la Jefatura de Asistencia al Personal, a través de la Jefatura del Servicio de Asistencia Sanitaria.

- Funcional : De la Jefatura de Asistencia al Personal, a través de la Jefatura del Servicio de Asistencia Sanitaria

Cuarto. Servicio de Psicología y Psicotecnia.

1. El Servicio Psicología y Psicotecnia, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano encargado del asesoramiento y auxilio al mando en el conocimiento científico del comportamiento, aptitudes, actitudes e intereses de los miembros del Cuerpo, de las relaciones de éstos con la Institución, desde la perspectiva de la psicología clínica, organizacional y educativa; así como de la realización de cuantos trabajos le sean encomendados sobre orientación, clasificación, selección y adaptación del personal al medio profesional, acción psicosocial individual y colectiva y factores condicionantes de su moral. Sus cometidos fundamentales son:

- Asesorar al mando en el conocimiento científico del comportamiento y adaptación psicológica del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

- Analizar el entorno social y profesional en el que realizan sus funciones los miembros del Cuerpo, al objeto de conseguir la optimización en la utilización de los recursos humanos disponibles.

- Apoyar en los procesos de selección del personal, tanto para la enseñanza de formación, como para la de perfeccionamiento.

- Prestar la asistencia psicológica individual y colectiva.

- Realizar estudios, planes y prospectivas desde el punto de vista de la psicología clínica, organizacional y educativa.

- Informar sobre los factores condicionantes de la moral del personal, proponiendo la adopción de medidas que favorezcan la misma.

- Confeccionar los profesiogramas y perfiles psicológicos adecuados para el desempeño de los cometidos profesionales específicos de los puestos que se determinen.

- Materializar las medidas preventivas y paliativas necesarias para prevenir conductas de tipo suicida en el personal del la Guardia Civil.

- Garantizar la confidencialidad de los datos individualizados relacionados con los informes psicológicos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

- Elaborar la Memoria anual, en la que se recogerán las actividades más relevantes que se hayan realizado durante el año, en el ámbito de la asistencia psicológica al personal.

2. En las Unidades territoriales tipo Zona y Comandancia, Unidades independientes, así como en la Jefatura y Centros de Enseñanza que se determinen, existirán Escalones de Psicología, cuyo personal, licenciado en Psicología, prestará el apoyo y asesoramiento adecuado a los Jefes de las mismas en todo lo relacionado con los cometidos del Servicio, prestando la asistencia que se precise al personal destinado en la demarcación territorial de las mismas o que fije su residencia temporal en ellas. El personal destinado en estos escalones tendrá las siguientes dependencias:

- Orgánica: De los Jefes de Unidad en que se encuentren destinados.

- Técnica: De la Jefatura de Asistencia al Personal, a través de la Jefatura del Servicio de Psicología y Psicotecnia.

- Funcional: De la Jefatura de Asistencia al Personal, a través de la Jefatura del Servicio de Psicología y Psicotecnia.

Quinto. Relaciones con las unidades.

Sin perjuicio de las relaciones y de las dependencias orgánicas, técnicas o funcionales de las Unidades del Cuerpo, las Comandancias o similares y unidades superiores podrán relacionarse directamente con los Servicios dependientes de esta Jefatura en lo relativo a las materias que sean competencia de cada uno de ellos.

Disposición derogatoria.

A la entrada en vigor de esta Orden General quedarán derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente.

Disposición final primera: Desarrollo normativo

Por la Subdirección General de Personal se dictarán cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo de la presente Orden General.

En el plazo máximo de seis meses, la Subdirección General de Personal elevará a mi Autoridad los proyectos de Orden General de organización de los Servicios dependientes de la Jefatura de Asistencia al Personal, los cuales se adaptarán a la presente Orden General.

Disposición final segunda: Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Guardia Civil.

El Director General

Santiago López Valdivielso
  



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