Orden General número 23, dada en Madrid el dÃa 11 de septiembre de 1998 (BOC 26)
ASUNTO: Reorganización de la Jefaturas de Zona.
La Orden General número 7, de 27 de marzo de 1.996, reorganizó la estructura de las Jefaturas de Zona para adaptarlas al Real Decreto 158/1992, de 21 de febrero, que estableció la reorganización periférica de la Dirección General en siete Zonas peninsulares y dos insulares.
Tales normas han sido derogadas por el Real Decreto 367/1997, de 14 de marzo, que establece tantas Zonas de la Guardia Civil como Comunidades Autónomas, asà como la categorÃa de Mando de cada una de ellas.
Por otra parte, la Orden general número 5, de 10 de marzo de 1998, dispone que en el Libro de Organización de cada Unidad figurará su misión, funciones, organización y estructura jerárquica, asà como las relaciones orgánicas, funcionales y técnicas de cada una de las Jefaturas subordinadas, y la plantilla de personal y material.
Se hace preciso por tanto adaptar las Jefaturas de Zona a las nuevas disposiciones, para lo cual se dicta la presente Orden General, que se configura como un marco de referencia lo suficientemente flexible para permitir que cada Mando, en el ejercicio de sus funciones directivas, disponga de libertad de acción para adecuar la organización de su órgano más directamente subordinado a las cambiantes necesidades del momento.
Ello es especialmente aconsejable respecto de las Planas Mayores que, lejos de constituir un agregado de compartimentos estancos, deben responder en su funcionamiento al concepto de órganos integrados, lo que permite permeabilidad en el tratamiento de asuntos y trasvase de recursos entre órganos si las necesidades lo requieren.
Por todo ello, y en virtud de las facultades que me confiere Real Decreto 1885/1996, de 2 de agosto, dispongo:
PRIMERO.- Concepto.
La Zona de la Guardia Civil es la Unidad superior de mando, planificación dirección, apoyo, coordinación e inspección del servicio en la organización periférica de la Guardia Civil, cuyo ámbito de actuación es el territorio correspondiente a cada Comunidad Autónoma. Depende directamente de la Subdirección General de Operaciones, sin perjuicio de sus relaciones funcionales con las restantes Subdirecciones Generales en materias de su competencia.
SEGUNDO.- Organización Jefaturas de Zona.
Las Jefaturas de las Zonas se articulan en los siguientes órganos:
- Mando
- Plana Mayor
- Intervención de Armas y Explosivos
- AsesorÃa JurÃdica
- Especialidades
- Unidad Económica y Adrninistrativa.
- Unidad de la Agrupación de Tráfico
1. Mando
Será ejercido por un Oficial General o Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo. Como órgano auxiliar de asistencia personal e inmediata podrá disponer de una Secretaria.
Corresponden al Mando de la Zona las siguientes atribuciones:
a) Ostentar la representación del Cuerpo y establecer y mantener, a su nivel, las relaciones con otras Autoridades e Instituciones dentro de los principios de cooperación, colaboración y coordinación.
b) Concebir, planear y conducir los servicios que afecten a más de una Comandancia en todo caso, o aquellos otros, que afectando a una sola Comandancia, expresamente se reserve.
c) Coordinar, impulsar, apoyar e inspeccionar el servicio de todas sus Unidades desplegadas en la Comunidad Autónoma.
d) Dirigir, inspeccionar y coordinar las Unidades de las Especialidades de la Jefatura de Zona.
e) Gestionar, administrar y controlar los recursos humanos y materiales, asà como los créditos presupuestarios asignados que se determinen.
f) Ejercer las facultades que la Ley Orgánica/91 de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil le otorga.
g) Desempeñar las atribuciones y cometidos delegados según las disposiciones vigentes.
h) Desarrollar y dar cumplimiento a las Directivas emanadas de la Dirección General.
2.- Plana Mayor.
Es el principal órgano auxiliar de Mando del Jefe de la Zona, responsable de proporcionar los elementos de juicio necesarios para fundamentar sus decisi9nes, traducir estas en ordenes y velar por su cumplimiento, tramitando todos los asuntos que deba resolver el citado Jefe.
Se articula en los siguientes órganos:
-Jefatura de PIM
- Sección de Operaciones
- Sección de Personal
-Sección de Apoyo LogÃstico.
2.1. Jefatura de Plana Mayor
Al mando de un Oficial Superior de la Guardia Civil en situación de servicio activo, al que corresponderá la dirección y coordinación de las distintas Secciones.
2.2. Secciones.
Cada una de ellas al mando de un Oficial Superior u Oficial de la Guardia Civil, en situación de servicio activo, materializan las relaciones funcionales de la Zona con cada una de las Subdirecciones Generales en asuntos de la respectiva competencia de éstas.
Su organización, cometidos, dotaciones y empleos de personal, asà como las relaciones orgánicas, fúncionales y técnicas de cada una de ellas serán las señaladas en el Libro de Organización de la Jefatura de Zona.
3. Intervención de Armas y Explosivos.
Al mando de un Oficial Superior u Oficial de la Guardia Civil, desarrollarán los cometidos que figuren en las normas que, en cada momento, regulen la estructura y funcionamiento de las Intervenciones de Armas. En su organización integrará a la Intervención de Armas de la Comandancia de la residencia.
4. AsesorÃa JurÃdica
Es el órgano consultivo y asesor en materia jurÃdica del Jefe de la Zona, con dependencia directa del mismo, sin perjuicio de su relación funcional con la AsesorÃa JurÃdica de la Dirección General. Estará a cargo de un Oficial Superior u Oficial del Cuerpo JurÃdico Militar en situación de servicio activo.
5. Especialidades
Se establecerán según las necesidades particulares de cada Zona. Su organización, estructura y dependencia serán las que se determinen en el Libro de Organización correspondiente y en la regulación especifica de cada una de las Especialidades.
6. Unidad Económica- Administrativa (UEA,s)
La Unidad Económica-Administrativa (UEA,s) es el órgano encargado' de llevar a cabo la gestión económica, administrativa y contabilidad de los recursos financieros y efectos asignados: a la Zona. Su constitución en las diferentes Zonas se adaptará a lo dispuesto en la Orden General que regula su creación y disposiciones que la desarrollen.
7. Unidad de la Agrupación de Tráfico.
Sin perjuicio de la dependencia y relaciones que en asuntos relativos a su misión especÃfica establezca la normativa vigente, el Jefe de la Unidad correspondiente de la Agrupación de Tráfico de cada Zona tendrá entre sus cometidos el asesoramiento e informe al Jefe de aquella en la materia propia de su especialidad.
TERCERO.- Personal y medios.
Las dotaciones de personal y medios serán las~que determinen los catálogos de personal y plantillas de material vigentes. En~ las zonas al mando de General, el Jefe de la plana Mayor será del empleo de Coronel y la dotación de personal incluirá un Oficial Superior Diplomado en Estado Mayor.
CUARTO.- Con objeto de conseguir un empleo mas eficiente del personal disponible, en la articulación concreta de las Planas Mayores de las Jefaturas de Zona al mando de Coronel, se tendrán presentes los siguientes criterios:
- Las secciones que se contemplan en el apartado 2.2 anterior, podrán agruparse, total o parcialmente, bajo un solo mando, en función de las dotaciones de personal disponible y de las particularidades de cada Unidad.
- En las Zonas que encuadran una sola Comandancia, la Plana Mayor será única para Zona y Comandancia
La Subdirección General de Operaciones autorizará en cada caso la estructura resultante, que deberá detallarse en el Libro de Organización.
QUINTO.- Queda derogada la Orden General de la Dirección General de la Guardia Civil número 7 de 27 de marzo de 996, asà como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente.
SEXTO.- La Presente Orden General entrará en vigor al dÃa siguiente de su publicación en el BoletÃn Oficial de la Guardia Civil.
EL DIRECTOR GENERAL,
SANTIAGO LÓPEZ VALDIVIELSO














