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O.G.nº8_2002_Organiz. de la Jefatura de asuntos económicos [Descargar Tema]
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Mensaje O.G.nº8_2002_Organiz. de la Jefatura de asuntos económicos 
 
ORDEN GENERAL, número 8 dada en Madrid, a 3 de junio 2002. (BOC 19)
ASUNTO : Organización de la Jefatura de Asuntos Económicos.

La Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de octubre de 2001 por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil en concordancia con el artículo 4, apartado 8 del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, de estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, establece las funciones de las distintas Unidades y Servicios que la integran, incluyendo a la Jefatura de Asuntos Económicos entre las que dependen de la Subdirección General de Apoyo.

La citada orden en su disposición final primera faculta al Director General de la Guardia Civil a dictar las resoluciones necesarias para su ejecución.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Primero. Organización.

1. La Jefatura de Asuntos Económicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano responsable de la administración y coordinación de los recursos financieros, del seguimiento de la ejecución del presupuesto y su registro contable, así como de la coordinación de la actividad de las unidades económico-administrativas.

2. Contará con una Secretaria con la misión de auxiliar al titular de la misma en el desempeño de sus funciones, que asumirá las competencias de contabilidad, información y seguimiento presupuestario, coordinación de las Unidades Económico Administrativas (UEA,s) y coordinación y control de las actuaciones que se deriven de la Orden Ministerial Comunicada sobre anticipo de caja fija y pagos librados "a justificar".

3. De la Jefatura de Asuntos Económicos dependen los siguientes Servicios:

a) Servicio de Contratación.
b) Servicio de Gestión Económica.

4. Las sustituciones del Jefe de Asuntos Económicos se efectuarán por los titulares de los Servicios de acuerdo con el criterio de mayor empleo y antigüedad.

Segundo. Servicio de Contratación.

1. El Servicio de Contratación, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano encargado de la elaboración y tramitación de los expedientes de contratación, actuando como órgano gestor de los diferentes órganos de contratación, sin perjuicio de las competencias de otras autoridades en la materia, de conformidad con la normativa vigente.

2. Contará con una Plana Mayor con la misión de auxiliar al titular en el desempeño de sus funciones.

3. El Servicio de Contratación está integrado por las siguientes Secciones:

- Sección de Contratos de Obras.- Tiene como cometidos realizar las actuaciones administrativas y contables de los expedientes de contratación que se derivan de las actividades relacionadas con las infraestructuras.

- Sección de Contratos de Suministros.- Tiene como cometidos realizar las actuaciones administrativas y contables de los expedientes de contratación que tengan por objeto la adquisición o arrendamiento de bienes que tengan la naturaleza de bienes muebles.

- Sección de Contratos Diversos.- Tiene como cometidos realizar las actuaciones administrativas y contables de los expedientes de contratación cuyo objeto sea distinto al de las anteriores secciones.

Tercero . Servicio de Gestión Económica.

1. El Servicio de Gestión Económica, al mando de un Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano encargado de la administración y gestión de los recursos económicos de la Dirección General de la Guardia Civil, la tramitación de los expedientes de gastos que correspondan y la coordinación y control de las distintas cajas y subcajas pagadoras de la Guardia Civil.

2. Contará con una Plana Mayor con la misión de auxiliar al titular en el desempeño de sus funciones.

3. El Servicio de Gestión Económica está integrado por las siguientes Secciones:

- Sección de Gestión. Tiene como cometidos los relacionados con la realización de las actuaciones administrativas y contables de los expedientes justificativos de los gastos, no descentralizados, de carácter periódico, de tracto sucesivo y otros gastos menores que, de acuerdo con la normativa vigente, se hagan efectivos a través del sistema de anticipos de caja fija, sin perjuicio de los cometidos de la Caja Pagadora Central, así como el resto de gastos no gestionados por el Servicio de Contratación.

- Sección de Análisis del Gasto. Tiene como cometidos los relacionados con el análisis, desde el punto de vista de su eficiente aplicación, de los gastos asignados específicamente o que no son responsabilidad de ningún Servicio Técnico, cuya función les corresponde a estos.

- Sección de Indemnización por Razón de Servicio. Tiene como cometidos realizar las actuaciones administrativas y contables de los expedientes justificativos de gastos, no descentralizados, relativos a las indemnizaciones por razón de servicio, entre los que se incluirá la gestión de las indemnizaciones a que den lugar los servicios prestados en el extranjero.

4. Al Servicio de Gestión Económica estará adscrita la Caja Pagadora Central con los cometidos atribuidos por la normativa vigente. De esta dependerán la red de subcajas que, en su caso, puedan crearse para la gestión de los créditos no descentralizados.

Cuarto. Relaciones con las unidades.

Sin perjuicio de las relaciones y de las dependencias orgánicas y técnicas de las Unidades del Cuerpo, las Comandancias o similares y unidades superiores podrán relacionarse directamente con los Servicios de esta Jefatura en lo relativo a las materias que sean competencia de cada uno de ellos.

DISPOSICION DEROGATORIA UNICA.

A la entrada en vigor de esta Orden General, queda derogada la Orden General 13, de 21 de abril de 1.998 (BOC núm. 13), sobre gestión de créditos presupuestarios en la Guardia Civil.

DISPOSICION FINAL PRIMERA. Facultades de desarrollo

Por la Subdirección General de Apoyo se dictarán cuantas instrucciones sean precisas para el desarrollo de esta Orden General.

En colaboración con las distintas Unidades y Servicios en el plazo de 6 meses, la Jefatura y los Servicios dependientes de ésta confeccionarán y adaptarán a la presente Orden General los manuales de la Jefatura y de los Servicios para completar y detallar su organización, instrucción, procedimiento y modalidades de empleo que se propondrán a la Subdirección General de Apoyo para su aprobación y difusión.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.

La presente Orden General entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Cuerpo.

EL DIRECTOR GENERAL
Santiago López Valdivielso
  



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