TARIFAS
Orden Ministerial 35/2006, de 13 de marzo, sobre bonificación al personal militar de las tarifas de pasaje en compañÃas de transporte marÃtimo.
La Orden Ministerial de 27 de septiembre de 1979 estableció una bonificación del 50 por 100 de los netos de las tarifas comerciales de la CompañÃa Transmediterránea para el personal militar en situación de actividad. De esta forma se buscaba facilitar los transportes al personal antes citado, en el que concurrÃan circunstancias de constante movilidad en sus destinos y, a su vez, de alejamiento de sus domicilios habituales.
Actualmente permanecen las circunstancias mencionadas, habiendo aumentado el número de empresas que realizan transporte de pasajeros por barco con las mismas rutas que la CompañÃa Transmediterránea, por lo que resulta conveniente ampliar la bonificación a las tarifas comerciales de estas empresas, si bien se debe estar sujeto a unas condiciones que permitan asegurar una equivalencia entre las mismas.
En su virtud, DISPONGO:
Apartado único. Bonificación de las tarifas comerciales de pasaje marÃtimo.
El personal militar en situación de servicio activo o en situación de reserva ocupando destino, disfrutará de una bonificación máxima del 50 por 100 de los netos de las tarifas comerciales de pasaje marÃtimo de las empresas que asà lo acuerden con el Ministerio de Defensa o sus organismos competentes, deducidos impuestos, seguros y manutención, que serán por cuenta del usuario. Estas empresas percibirán el importe de dicha bonificación con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa.
Disposición transitoria única. Bonificaciones actuales.
Las bonificaciones de las que actualmente disfruta el personal militar en situación de servicio activo o en situación de reserva ocupando destino, respecto de las tarifas comerciales de pasaje de la CompañÃa Transmediterránea, S.A., al amparo de la Orden de 27 de septiembre de 1979, continuarán siendo aplicables hasta la suscripción del acuerdo correspondiente entre el Ministerio de Defensa y dicha compañÃa, realizado de conformidad con esta Orden.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única, queda derogada la Orden Ministerial de 27 de septiembre de 1979, sobre bonificación al personal militar de las tarifas de pasaje de la CompañÃa Transmediterránea, S.A. Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el «BoletÃn Oficial del Ministerio de Defensa».
Madrid, 13 de marzo de 2006.
JOSE BONO MARTINEZ










