Tengo un grave problema con Hacienda que paso a relatarte:
Vivo en un pabellón de la Guardia Civil en la MISMA localidad donde he adquirido mi primera vivienda (libre) el 19/11/04 (firma de escrituras), por la cual he efectuado deducciones 5 ejercicios consecutivos en concepto de Cuenta Ahorro Vivienda y en este último por deducción de vivienda habitual. Tengo mi declaración de renta retenida y a expensas de que haga las alegaciones y aporte la documentación necesaria para evitar tener que devolver TODAS las deducciones más los correspondientes intereses de demora. Según la Agencia Tributaria NO HE CUMPLIDO el plazo genérico de 12 meses que marca la ley para ocupar la vivienda en cuestión y tener asi derecho a las deducciones. El error lo he cometido al interpretar erroneamente el art. 53.2 del R.D. 1775/2004 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta y más concretamente el párrafo que habla de la EXENCIÓN de dicho plazo en caso de: "disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización". La interpretación que la Agencia Tributaria da a este párrafo sólo abarca y exime del plazo a aquellas personas que tengan la "Obligación" de vivir en ella (que no es mi caso) o en el supuesto de viviendas en municipios distintos.
Lo gracioso del asunto es que fue el Tfno. de Atención General de la Agencia Tributaria 901335533 el que me indujo al error y me informó mal a principios de 2005, al efectuar una consulta sobre este asunto. Claro está no tengo documentación que aportar ya que ni estoy empadronado en ese domicilio, ni siquiera tengo dados de alta los servicios básicos de agua, luz y gas ya que la vivienda objeto de deducción está desahabitada, y en la declaración de renta he consignado como domicilio fiscal el del pabellón del Cuerpo al creer que no cometÃa ninguna irregularidad.
¿puedes ayudarme? No sabes cuanto te lo agradecerÃa, recibe en cualquier caso un saludo y mi agradecimiento de antemano.












