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PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES [Descargar Tema]
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Mensaje Re: PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES 
 
Dios mio que pesado que eres tío, no hay más ciego que el que no quiere ver. Aquí no se trata del buen rollo que quieras tener o no la P.Local del Pueblo se trata de un procedimiento que está pasando en toda España cada vez con más frecuencia y que "mira tú por donde" resulta que la APD dice que no está bien la forma en que se actúa. Ante esto tienes dos opciones bien facilitas: 1º hacerle caso a la AGPD y actuar conforme a la legalidad y tener siempre tus espaldas cubiertas  y eso lo tiene que entender cualquier agente de policia por muy amigo que sea tuyo o 2º seguir pasando de todo hasta que te veas delante de un Juez y luego vendrán las lamentaciones.
 Ante tú pregunta de si estoy en calle u oficina ya que parece que darás más crédito a una Ley según se esté dentro o fuera de un despacho, te diré que estoy fuera en la p... carretera todos los días subido encima de una jo... dida moto 7:30 horas al día. Y ante la cuestión que plantéas sobre la consulta del padrón de habitantes y para que veas que no sabes lo que tienes entre manos cuando hablas de bases de datos te pego la respuesta que ha dado la propia APD a una cuestión de este tipo.

-Con carácter general la regulación está contenida en la Ley 4/1996, de 10 de enero, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local en relación con el Padrón Municipal. En concreto el artículo 16 prevé lo siguiente:



'El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.
La inscripción en el Padrón municipal contendrá como obligatorios sólo los siguientes datos:
Nombre y apellidos.
Sexo.
Domicilio habitual.
Nacionalidad.
Lugar y fecha de nacimiento.
Número de documento nacional de identidad o, tratándose de extranjeros, del documento que lo sustituya.
Certificado o título escolar o académico que se posea.
Cuantos otros datos puedan ser necesarios para la elaboración del Censo Electoral, siempre que se garantice el respeto a los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.
Los datos del Padrón municipal se cederán a otras Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico, en los términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

Con todo este tema lo único que deseo que tengáis presente la legalidad vigente ya que a nosotros nos darán siempre mucho más fuerte que a cualquier otra parte implicada, y no os molesto más con este tema que ya cansa verdad? Un saludo a todos y amigo KIRa  ten presente todo este tema a la hora de dar datos sin mal rollo tío.
  



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Mensaje Re: PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES 
 
Dios mío Zeus , estarás en la moto todo el día pero como para todo te ciñas estrictamente a lo que marca la Ley ......................................... sin comentarios.
  



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Mensaje Re: PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES 
 
PUNTUALICEMOS:

1º Cesión de datos a policias locales y autonómicas si, pero a través de los medios establecidos  y por las personas habilitadas al efecto.
En los salas  C.O.S.  ( la gran mayoria )  cuentan con unos teléfonos colas ( uso exclusivo y directo entre salas ) que son los que se deben emplear para difusión de información y coordinación policial.

2º Cuidadin, cuidadin con la ley de protección de datos, el uso indebido  e indiscriminado sin justificar de datos de carácter personal, es un DELITO y está penado en el código penal con prenas de prisión.

3º Y último, el acceso, visión y difusión de datos personales de carácter reservado se facilitaran bajo petición debidamente justificada y el uso de los mismos solo podra hacerse para aquello que se solicito. Es como una observación teléfonica debidamente autorizada, si en el transcurso de la misma sale otro hecho delictivo diferente a aquel por la que se solicitó, esta escucha no sería valida, habriamos accedido a ella sin autorización judicial, seria NULA.

Difusión de datos si, pero siempre deberá quedar constancia   en un registro quien lo pide, por que lo pide y para que lo pide, y si se tienen sospechas de que el uso que se le va a dar no es el apropiado pues no se le facilitan los datos y que hagan las reclamaciones oportunas y ante la persona adecuada.

UN SALUDO
  



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Mensaje Re: PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES 
 
Conforme en todo contigo Koldo 5 Laughing , hay que tener cuidado con este tema.
  



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Mensaje Re: PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES 
 
Pero ¿ cuantos casos conoceis vosotros de gente que se ha hecho pasar por policías para averiguar datos ? porque tal como lo explicais parece que es lo normal.
  



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Mensaje Re: PETICION DE DATOS POR POLICIAS LOCALES 
 
Zeus no te crees que el COS pida QTH y TIP al pedir datos??? no es que no lo pida, es que algunos operadores de sala te li piden antes de darte los datos y todo! parece que es má simportante eso! PREGÚNTALE AL QUE QUIERAS QUE ESTÉ DESTINADO COMO YO EN LA COMANDANCIA DE MÃLAGA.... tlf de centralita 952 071 520 ext 687 COS.
Yo conozco por la voz al PL que me llama por tlf así que no se lo doy al primero que llama y me dice que es PL.
  



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