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sobre detencion de menores [Descargar Tema]
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Mensaje sobre detencion de menores 
 
hola apañeros. tengo unas dudillas que me gustaria que me aclaraseis si puede ser.
es respecto a detencion de menores: por favor decidme si esstan bien los pasos que doy y resolvedme unas cuestiones. gracias de antemano:
-detengo al menor de entre 14 y 18 años.
-lo llevo a base.
-lectura de derechos. primera pregunta: esta lectura de derechos se la puedo hacer sin que esten presentes sus padres y el abogado o tengo que esperar a estos para hacersela??puede firmarla el menor estando el solo??basicamente esta lectura de derechos es la misma que se le hace oral a la hora de detenerlo, pero por escrito, no??
-aviso a los padres o tutores.
-aviso a fiscalia menores.
-aviso abogado
-exploracion del menor.
de momento no tengo mas dudas. pensaba que tenia mas.espero que me aydeis. gracias . un saludo
  



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Mensaje Re: sobre detencion de menores 
 
1º.- detengo al menor de entre 14 y 18 años.

      Correcto, aunque despues en la práctica judicial, hagan distinciones entre el tramos de 14 a 16 y el de 17 a 18.

2º.- lo llevo a base.

       Correcto. Aunque existe la "recomendación", como en toda la práctica policial de causar el mínimo daño al menor. Por daño, se entiende el moral, es decir siempre que sea posible, deberá ser trasladado por personal de paisano y en vehículos sin distintivos.  

3º.- lectura de derechos. primera pregunta: esta lectura de derechos se la puedo hacer sin que esten presentes sus padres y el abogado o tengo que esperar a estos para hacersela??puede firmarla el menor estando el solo??basicamente esta lectura de derechos es la misma que se le hace oral a la hora de detenerlo, pero por escrito, no??

       Le haces la lectura de derechos en el momento, como a un mayor de edad y despues tienes la obligación de comunicarle la detención a sus padres o tutores. Es recomendable realizar una segunda lectura de derechos en presencia de estos ultimos.

4º.- aviso a fiscalia menores.

       El aviso se debe hacer lo antes posible. En caso de horas en que no halla nadie en la fiscalía, se puede mandar un fax con la comunicación.

5º.- aviso abogado

       La presencia del abogado es para la exploración, igual que con los mayores, tambien deben estar presentes, los padres, tutores o representante del Ministerio Fiscal, en caso que sea un menor desamparado.

6º.- exploracion del menor.


       La exloración, es la toma de manifestación, es decir "el mismo perro con distinto collar", en presencia de su abogado y los padres, tutores o representante del Ministerio Fiscal.


       Como consejo y esto solo a titulo personal, te diría que a los de 14 a 16, directamente se los entregues a los padres y no les hagas exploración. Los de 17 y 18 hazles la exploración como a un adulto, vamos sin mas cortapisas que la propia Ley. Evidentemente lo anterior es un consejo para los delitos menores, no para los graves. Aunque para los delitos graves, ya llegaran los especialistas y se encargaran de tu trabajo. Twisted Evil
  




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