TARJETA DE IDENTIDAD PARA VIUDAS Y HUÉRFANAS PENSIONADAS.
En armonÃa con lo dispuesto en la Orden Ministerial
636/07891/86, de 9 de abril (B.O.D. núm. 67), por la que se
amplÃa la 636/19112/85, de 17 de Junio B.O.D. núm. 119), las
viudas y huérfanas pensionadas del personal del Cuerpo
tienen derecho a la Tarjeta de Identidad a que dichas
disposiciones se refieren.
La solicitud se efectuará en el modelo establecido en las
citadas disposiciones y se cursará a la Dirección General
del Cuerpo (Servicio de Asuntos Generales) acompañada de:
Fotocopia de la Orden por la que le fue fijado el
correspondiente Haber Pasivo.
Tres fotografÃas en color, tamaña 30 x 22.
En las solicitudes de viudos/as y huérfanos/as de la
Escala Cabos y Guardias, se hará constar si se está en
posesión de la Consideración de Suboficial, reflejando la
Orden y/o publicación de la concesión.
Para más información dirijanse al Servicio de Asuntos
Generales de la Dirección General del Cuerpo.











