ILMO. SR. CORONEL PRIMER JEFE DE LA COMANDANCIA DE VIZCAYA.
D. , con D.N.I. , con empleo de Guardia y destino en (Vizcaya), haciendo uso del derecho de petición individual recogido en el artÃculo 29 de la Constitución Española y 199 de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, por medio de la presente
EXPONE
PRIMERO.- Que el que suscribe esta destinado en prestando servicios en el interior del mismo, vistiendo (actualmente) con la uniformidad oficial reglamentaria en virtud de normas sobre denominación, composición y utilización de diferentes uniformes de la Guardia Civil, concretadas en la Orden General nº 1/99 de 29 de Diciembre de 1998 – BOC 3/99 – y sus posteriores modificaciones.
SEGUNDO.- En virtud de lo anterior, y atendiendo a la normativa y a la época del año en la que nos encontramos, el que suscribe viste el uniforme de la campaña de Invierno, no coincidiendo la estación del año determinada para la uniformidad con la temperatura climatológica real de la época.
Esta circunstancia, causa (entre otras cosas) que el Guardia que suscribe presente el siguiente cuadro, en lo relativo a su aspecto fÃsico:
- Incomodidad con dicha uniformidad, dado que se pasa gran calor, en el sentido de que se va demasiado abrigado. Esto implica sudores en el Guardia Civil, exteriorizándose en sÃntomas como cuellos de camisa mojados, fuerte olor a sudor manifestándose, derivando tal situación hacia los ciudadanos y particulares de aspecto poco aseado y poco higiénico del agente.
- Falta de imagen respecto a particulares y terceros, puesto que al ir con uniforme de invierno, implica sorpresa y confusión a éstos, derivando en conductas burlescas e irónicas de los mismos respecto a los agentes, mermando el concepto de Autoridad que todo agente ha de conllevar, dada la extrañeza por éstos de que los agentes lleven ropa de tanto abrigo en estas épocas.
TERCERO.- Considerando, que todo Guardia Civil ha de velar por la imagen del cuerpo, su prestigio y honor, y que ésta situación, aunque parezca Ãnfima, implica todo lo contrario, en el sentido que se ve desprestigiada dicha institución en virtud del aspecto mencionado en el que se encuentra el Guardia Civil por el exceso de calor y las consecuencias respecto del aspecto fÃsico derivado hacia terceros (externamente), es interés por el dicente sea solucionado dicha situación mediante la autorización al uso de prendas (con arreglo a la normativa aplicable) acordes con la época y temperatura en la que nos encontramos.
Por lo expuesto,
SOLICITA DE V.S. tenga por presentado este escrito con las manifestaciones en él contenidas y tras los trámites legales establecidos, se autorice al dicente al uso de camisa verde de manga larga con hombreras porta-divisas, corbata verde y pasador sujeta-corbatas, dado las circunstancias climatológicas de la época.
, a de abril de 2006.
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LA INSTANCIA ANTERIOR A SIDO REALIZADA POR EL SERVICIO JURIDICO DE LA APGC, SI TIENES ALGUNA DUDA CONTACTA CON EL
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